Tramitar el divorcio de mutuo acuerdo con hijos es la mejor forma de finalizar la relación matrimonial.
Cuando se rompe una pareja hay dos posibles caminos: gestionar la ruptura de forma amistosa o hacerlo por la vía contenciosa.
Como puedes imaginar, llevarse bien y alcanzar un entendimiento para gestionar el divorcio de mutuo acuerdo es siempre mucho mejor que plantear una guerra en el Juzgado.
Sabemos que es una situación difícil y con un fuerte componente emocional, sobre todo cuando hay hijos en común.
No nos cansamos de insistir en lo importante que es hacer el esfuerzo para llevarse bien a pesar de la ruptura, lo que sin duda es beneficioso no sólo para la pareja, sino también para los hijos en común.
Nuestro Ordenamiento Jurídico ofrece varias opciones legales para tramitar un divorcio.
El procedimiento varía si hay hijos o no, tenéis o no patrimonio y bienes en común o si decidís optar por el mutuo acuerdo o la vía contenciosa.
En este artículo te explicamos los puntos clave de un divorcio de mutuo acuerdo con hijos, sus ventajas y el procedimiento legal.
Como abogados de familia en Madrid sabemos que cada ruptura es diferente, por eso queremos escucharte para poder ayudarte a tramitar tu proceso de divorcio de mutuo acuerdo.
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Toggle¿Por qué el divorcio de mutuo acuerdo con hijos es la mejor solución para todos?
Cuando una pareja se rompe es necesario disolver el vínculo matrimonial, y la mejor solución es hacerlo de mutuo acuerdo.
Si os entendéis bien, tenéis una buena relación a pesar de la ruptura y queréis hacer este trámite de forma consensuada y amistosa la mejor opción es el divorcio de mutuo acuerdo.
Mediante este procedimiento pedís al Juez la disolución de vuestro matrimonio y que apruebe unas medidas que previamente habéis pactado para organizar vuestra vida futura ya separados, así como la de vuestros hijos.
Este proceso legal tiene muchas ventajas sobre el procedimiento contencioso y os permite adoptar las decisiones más beneficiosas para todos en un clima más cordial y consensuado.
Las ventajas del divorcio de mutuo acuerdo con hijos
Tramitar vuestro divorcio de manera amistosa tiene muchas ventajas tanto en el plano legal como en el emocional.
Estas son las más importantes:
✔ El procedimiento legal es más ágil y rápido.
Cuando no hay “batallas” entre los cónyuges los trámites se agilizan y la sentencia de divorcio llega antes porque el proceso legal tarda mucho menos.
✔ Un proceso más económico.
Los costes del proceso se reducen considerablemente, porque estando de acuerdo podéis utilizar el mismo abogado de familia y procurador para ambos.
✔ Más facilidad para que los acuerdos se cumplan.
Ambos acordáis de forma consensuada las consecuencias tanto personales como económicas de vuestro divorcio, ajustándolas a vuestras necesidades y circunstancias.
Vais a poder decidir de forma conjunta sobre aspectos tan importantes como la custodia de vuestros hijos, la pensión de alimentos, el reparto de bienes o el régimen de visitas.
Esto implica que estáis de acuerdo, y por tanto es de prever que sus términos van a ser cumplidos por ambos con garantías.
✔ El procedimiento es menos doloroso y genera menos estrés
El mutuo acuerdo implica que no hay conflicto entre los cónyuges, evitándose enfrentamientos y discrepancias que provocan estrés y ansiedad.
La comunicación es mayor y la tensión y carga emocional se reducen haciendo el proceso mucho más llevadero.
Los grandes beneficiados de llevaros bien son vuestros hijos porque van a acusar menos la ruptura cuando ven que sus padres se entienden y se respetan.
Incluso podéis plantearos la opción de la custodia compartida para que ambos podáis disfrutar por igual del cuidado y educación de vuestros hijos, para lo que es muy importante llevaros bien.
✔ Las relaciones familiares se ven menos afectadas
A pesar de que una ruptura matrimonial siempre afecta a la familia, cuando se hace de mutuo acuerdo mantener los vínculos con el resto de familiares (tíos, abuelos…) es mucho más sencillo.
De esta forma vuestros hijos siguen viendo una nueva “normalidad” amigable y respetuosa, ayudándoles a gestionar mejor la ruptura.
Los puntos clave de un divorcio de mutuo acuerdo con hijos
Una vez que ambos tenéis claro que vais a tramitar vuestra ruptura matrimonial de forma amistosa comienza la parte más importante del proceso: poneros de acuerdo en los términos del divorcio.
¿Qué vais a tener que decidir?
Entre otros puntos están con quién van a vivir vuestros hijos y cómo vais a pasar el tiempo con ellos, cómo vais a sufragar sus gastos, qué hacer con la vivienda familiar o de qué forma repartir vuestros bienes.
Todos estos acuerdos se plasman en un documento importantísimo: el Convenio Regulador.
Es muy importante que tengáis asesoramiento legal para redactar los términos del Convenio.
Cuanto más completo y detallado sea mucho mejor, porque de esa forma dejáis por escrito de forma exhaustiva todos los puntos clave que van a regir vuestra relación y la que tendréis con vuestros hijos a partir de ahora.
Pero además hacer bien el Convenio supone también evitar conflictos en el futuro, porque si más adelante surge un desacuerdo por algún motivo podréis acudir al Convenio para intentar resolverlo en lugar de tener que volver al Juzgado.
La importancia del Convenio Regulador en el divorcio de mutuo acuerdo con hijos
Ambos podéis decidir en virtud de la libertad de pactos todo lo que queréis incluir en el Convenio Regulador.
No obstante, el Código Civil en su artículo 90 indica el contenido mínimo que debe recogerse en el Convenio Regulador, que son las medidas que debéis meditar y decidir conjuntamente.
Es fundamental tener en cuenta que todos los acuerdos que alcancéis deben estar consensuados pensando siempre en el bienestar de vuestros hijos menores.
Esto es así porque los hijos menores son en un divorcio el bien jurídico especialmente protegido y cualquier decisión que se tome siempre se hará pensando en su bienestar.
Estos son los puntos que debéis tratar para incluir en el Convenio Regulador:
➯ El cuidado, guarda y custodia de vuestros hijos sujetos a la patria potestad de ambos.
Este punto incluye cómo vais a ejercer la patria potestad, y si optáis por una custodia compartida o una exclusiva a favor de cualquiera de los dos.
En caso de no ser compartida y atribuirse a uno de los progenitores la guarda y custodia, deberéis consensuar el régimen de comunicaciones y estancia con los hijos del progenitor que no viva con ellos de manera habitual.
A la hora de determinar la custodia es relevante escuchar a los hijos menores, lo que puede hacer el Juez a partir de los 12 años de edad para que indiquen su voluntad sobre con quién prefieren vivir.
➯ El régimen de visitas
Hay ex parejas que se llevan muy bien y prefieren pactar un régimen de visitas amplio donde el progenitor que no vive con los hijos pueda verlos siempre que quiera y sea posible.
Sin embargo, es importante establecer en el Convenio unos criterios mínimos para evitar problemas en el futuro.
Lo ideal es que el régimen de visitas sea lo más amplio posible a favor del progenitor que no vive con los menores, para poder disfrutar de ellos el mayor tiempo posible.
Es conveniente (aunque depende de cada familia y de cómo os llevéis) incluir también el régimen de visitas y comunicaciones de los menores con otros miembros de la familia, en especial con sus abuelos, siempre que sea beneficioso para ellos.
➯ Pensión de alimentos
La pensión de alimentos sirve para sufragar los gastos de vuestros hijos.
En este punto tenéis que poneros de acuerdo sobre su importe y actualización, lo que incluye (ropa, estudios, alimentos, actividades extraescolares…) y cómo se va a pagar por el progenitor que no tiene atribuida la guarda y custodia.
Importante: hay quien cree que si se opta por una custodia compartida no hay que pagar pensión alimenticia.
Esto es un error, y de hecho se puede establecer una pensión de alimentos en la custodia compartida.
¿Por qué?
Porque la pensión de alimentos se establece de forma proporcional a las necesidades de los menores, pero también en proporción a los medios económicos de cada progenitor.
¿Qué pasa con la pensión alimenticia de los hijos mayores de edad?
Si no son independientes económicamente y siguen en el domicilio familiar también hay que pensar en ellos porque no pueden quedar desasistidos.
Tendréis que decidir también con quién vivirán y qué pensión de alimentos necesitan para cubrir sus necesidades.
El artículo 82 del Código Civil dice que tienen que prestar su consentimiento en relación a las medidas que les afecten que hayáis decidido.
➯ Quién se queda con el uso de la vivienda y el ajuar familiar
En un divorcio de mutuo acuerdo ambos debéis decidir conjuntamente quién se va a quedar con el uso de la vivienda familiar, y esto al margen de quien tenga su titularidad.
Las opciones dependen de lo que os venga mejor: vender la vivienda, alternaros en su uso, o atribuirlo a uno de vosotros en exclusiva.
Lo más habitual es que el uso de la vivienda familiar se atribuya a los hijos y al progenitor que va a vivir con ellos, igual que los objetos y muebles de uso ordinario (ajuar doméstico) que se quedan con la casa.
Si decidís una custodia compartida podéis optar por la opción de la casa nido, donde la vivienda familiar se atribuye a los hijos menores que se quedan en ella, y vosotros la ocupáis de forma rotativa cada vez que os toque estar con ellos.
Esta opción tiene pros y contras, por lo que debéis valorar muy bien si es la mejor solución dependiendo de cómo sea vuestra relación.
➯ La pensión compensatoria en los casos que proceda
Si el divorcio provoca un desequilibrio económico entre los miembros de la pareja la parte perjudicada tiene derecho a una pensión compensatoria.
Se trata de compensar al cónyuge cuyo nivel de vida va a empeorar de forma considerable respecto al que tenía antes del divorcio o respecto al de la otra parte.
En un divorcio de mutuo acuerdo lo habitual es que ambos pactéis una cuantía dependiendo de la capacidad económica de cada uno, necesidades, profesiones y otros aspectos que debéis valorar.
➯ Cómo va a contribuir cada cónyuge a las cargas del matrimonio
Ambos cónyuges tenéis que contribuir a sostener las cargas del matrimonio, y lo habitual es que cada uno lo haga en función de sus posibilidades económicas.
Dicho de otro modo, se trata de contribuir a los gastos propios de la vida familiar de interés común.
Entre estas cargas están, entre otros, los gastos comunes del domicilio familiar o los derivados de la titularidad de la vivienda.
➯ Cuidado de las mascotas de la familia
Ya es habitual incluir en el Convenio Regulador quién y cómo se va a ocupar de cuidar y mantener a los animales de compañía de la familia.
Las mascotas forman parte de la unidad familiar y debéis decidir con quién se quedan y cómo se van a sufragar los gastos de su cuidado y manutención.
➯ Liquidación del régimen económico matrimonial
El divorcio extingue el régimen económico matrimonial, y podéis hacer la liquidación en el mismo Convenio Regulador o en un momento posterior.
A efectos prácticos, dado que tenéis buena relación y habéis optado por un mutuo acuerdo es más recomendable hacerlo en el mismo Convenio, ahorrando costes y tiempo.
Es muy importante que os ayude un abogado de divorcios (puede ser el mismo para los dos), porque hay que hacer el inventario de los bienes, pagar las deudas que hay y después hacer el reparto.
Este reparto es diferente si estáis casados en régimen de gananciales o en separación de bienes.
El procedimiento legal de divorcio de mutuo acuerdo con hijos
Además del Convenio Regulador, vais a necesitar una serie de documentos para aportar con la demanda de divorcio (recordad que os hace falta abogado y procurador).
En un divorcio de mutuo acuerdo no es necesario aportar mucha documentación, y casi todo lo necesario podéis pedirlo por vía telemática.
Los documentos más habituales junto con el Convenio son el Certificado de matrimonio, el de nacimiento de cada uno de vuestros hijos y el de empadronamiento.
Los primeros se solicitan en el Registro Civil, y el de empadronamiento en el Ayuntamiento donde se encuentre vuestro domicilio familiar habitual.
Si es necesario podrán aportarse otros documentos para justificar lo que estiméis oportuno u os recomiende vuestro abogado.
Una vez habéis firmado el Convenio Regulador y recopilado los documentos, vuestros abogados preparan la demanda de divorcio que se presenta en el Juzgado de Familia o de 1ª Instancia que corresponda por vuestro domicilio.
Podéis presentar la demanda ambos cónyuges o uno de vosotros con el consentimiento del otro.
Los trámites judiciales
Cuando el Juzgado admite a trámite la demanda de divorcio de mutuo acuerdo os citan a ambos cónyuges para ratificaros en el Convenio Regulador que habéis firmado.
Todos los acuerdos que habéis plasmado en el Convenio deben contar con el visto bueno del Ministerio Fiscal, que interviene en este proceso pronunciándose sobre las medidas que habéis acordado.
Esto se hace porque siempre se busca salvaguardar el interés de vuestros hijos menores, especialmente protegidos por la Ley.
El Juez puede pedir nuevas pruebas si lo considera necesario o decidir que los hijos sean oídos (si tienen más de 12 años).
Si todo está bien y no hay ningún acuerdo en el Convenio que resulte perjudicial para los hijos o dañe sus intereses, una vez os ratificáis en su contenido el Juez dicta la sentencia de divorcio y aprobando el Convenio Regulador con el visto bueno del Ministerio Fiscal
Si el Juez aprobara sólo una parte del Convenio Regulador tendréis 10 días para presentar un nuevo Convenio con las modificaciones de los puntos que no se hayan aprobado por el Juez.
¿Qué más debéis tener en cuenta?
➡️ El procedimiento puede durar entre 3 y 6 meses, pero todo depende de la carga del trabajo del Juzgado y de si hay que hacer algún trámite adicional, como aportar documentos requeridos por el Juez.
➡️ El Convenio Regulador tiene efecto desde la fecha de su firma o desde la sentencia de divorcio, aunque lo normal es incluir una cláusula que indique que su vigencia empieza cuando se firma, para no depender de que el Juzgado tarde más o menos en dictar la sentencia.
➡️ El procurador solicitará un testimonio de la sentencia que debéis guardar porque puede haceros falta en el futuro, por ejemplo, si uno de vosotros no cumple lo acordado en el Convenio y el otro cónyuge tiene que pedir una ejecución de sentencia.
➡️ El propio Juzgado se ocupa de inscribir el divorcio en el Registro Civil donde figura inscrito el matrimonio.
Por último, las medidas que hayáis acordado en el Convenio Regulador no son inamovibles porque pueden surgir circunstancias posteriores que requieran cambios.
En este caso lo que se hace es presentar una demanda de modificación de medidas.
Es muy habitual, por ejemplo, pedir una modificación de medidas por la pensión de alimentos si cambian a peor las circunstancias económicas del cónyuge que paga la pensión.
¿Es conveniente compartir abogado en un divorcio de mutuo acuerdo con hijos?
Nuestra opinión como abogados de familia es que depende de cada caso, pero siempre que sea posible lo recomendamos.
Es cierto que el abogado para un divorcio de mutuo acuerdo es necesario, por muy bien que os llevéis, tanto para redactar el Convenio Regulador como para los trámites judiciales.
Cuando compartís el mismo abogado de familia nuestro papel es asesoraros a los dos, ayudaros a plasmar vuestros acuerdos y mediar entre vosotros para resolver posibles conflictos que puedan surgir.
Tener el mismo abogado os garantiza, además, una mayor agilidad en el proceso y por supuesto el coste económico del proceso es mucho menor.
Pero esta opción sólo es recomendable si os lleváis bien y tenéis muy claras las decisiones que vais a adoptar.
Si existen controversias o puede surgir algún conflicto delicado en la tramitación de vuestro divorcio de mutuo acuerdo, entonces es mejor que cada uno tengáis vuestro propio abogado.
¿Tienes alguna pregunta?
¿Os habéis decidido por tramitar el divorcio de mutuo acuerdo con hijos?
Somos abogados de familia en Madrid y podemos ayudaros y acompañaros en todo el proceso legal.
Si lo deseas puedes llamarnos o contactarnos para resolver dudas y tener una valoración sin coste ni compromiso.



