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Modificación de la pensión de alimentos: cuándo pedirla y cómo es el procedimiento

Es posible solicitar una modificación de la pensión de alimentos cuando se produce un cambio sustancial y significativo de las circunstancias de alguno de los progenitores o de los hijos.

Entre los motivos más habituales está la disminución o aumento de ingresos o las nuevas necesidades que tienen los hijos.

La pensión alimenticia puede modificarse de mutuo acuerdo entre los progenitores o por la vía contenciosa, y se puede pedir un aumento, una reducción, o la extinción de la pensión.

El proceso legal para modificar la pensión alimenticia es una modificación de medidas, y debe aprobarse por el Juez que actúa siempre protegiendo el interés superior de los menores.

En este artículo te explicamos de forma fácil cuándo se puede modificar la pensión de alimentos y en qué consiste el proceso legal paso a paso.

Para pedir una modificación de medidas por la pensión de alimentos es imprescindible que te ayude y asesore un abogado de familia.

Modificación de medidas pensión de alimentos

En cualquier proceso de divorcio o separación con hijos en común hay que establecer la pensión de alimentos, que incluye todo aquello indispensable para el cuidado y mantenimiento de los hijos.

El concepto engloba, según el artículo 142 del Código Civil, el sustento del menor (alimentación), la habitación (vivienda), la educación (estudios) y el vestido (ropa).

Tras una ruptura, ambos progenitores tenéis que contribuir económicamente a sufragar los gastos para cuidar y mantener a los hijos.

Para determinar el importe de la pensión de alimentos se tiene en cuenta tanto las necesidades de los hijos comunes como la capacidad económica de cada progenitor.

Es habitual que con el paso del tiempo cambien tus circunstancias económicas, laborales o patrimoniales, las de tu ex pareja o las de vuestros hijos.

Ejemplos de situaciones por las que suele pedirse una modificación de la pensión de alimentos son:

  • Motivos económicos (pérdida de ingresos, despidos…)
  • Nuevas parejas o nuevos matrimonios.
  • Cambios en las condiciones laborales.
  • Aparición de una enfermedad grave.

 

Para modificar esa resolución judicial tienes que acudir a un procedimiento de modificación de medidas.

Cuándo se puede pedir una modificación de la pensión de alimentos

Puedes pedir la modificación de la pensión de alimentos sólo si se produce algún cambio relevante de las circunstancias que se tuvieron en cuenta cuando se estableció la pensión.

Dicho de otro modo, tiene que haber modificaciones sustanciales en las circunstancias personales, patrimoniales o económicas en uno de los progenitores, en los dos, o en los hijos comunes.

Los principales motivos que la Jurisprudencia considera para modificar la pensión alimenticia son:

  • Tienen que darse circunstancias nuevas acaecidas posteriormente a la sentencia original que acordó el pago de la pensión de alimentos.
  • El cambio de tus circunstancias tiene que ser sustancial, relevante y considerable, de forma que si llegan a darse cuando se dictó la primera sentencia el Juez habría establecido otro importe para la pensión alimenticia.

 

Por ejemplo, un cambio sustancial y relevante es que te quedes sin trabajo, o que tus ingresos se reduzcan de forma importante.

  • El cambio de circunstancias debe ser duradero y previsiblemente se va a mantener en el tiempo, es decir, no puede tratarse de algo transitorio o esporádico.

 

Por ejemplo, cuando tus ingresos se reducen drásticamente por motivos económicos y puedes probar que esa situación en tu empresa se va a mantener en el tiempo.

  • Tienes que acreditar documentalmente esa nueva situación en el Juzgado, aportando pruebas para demostrar tus nuevas circunstancias.

 

Por ejemplo, si tus ingresos se han reducido de forma importante puedes aportar tus nuevas nóminas y las anteriores que sirvieron para fijar la cuantía de la pensión alimenticia para ver la diferencia.

  • Es necesario que tus nuevas circunstancias sean imprevisibles e involuntarias, y que no hayas sido tú quien ha provocado esa nueva situación para modificar la pensión de alimentos y pagar menos.
  • Tiene que haber pasado un tiempo prudencial desde que se dictó la sentencia de divorcio, no vale pedir la modificación al poco tiempo de estar pagando la pensión de alimentos.

 

El Juez y el Fiscal valoran cada caso y deciden si se dan las circunstancias para estimar la modificación de la pensión alimenticia.

Cómo es el proceso legal para solicitar la modificación de la pensión de alimento

El primer paso para solicitar la modificación de la pensión es asesorarte legalmente para que un abogado de familia valore si tu solicitud es viable desde el punto de vista jurídico.

El proceso siempre es judicial y puede tramitarse por dos vías:

  • De común acuerdo.
  • Por la vía contenciosa si no hay acuerdo.

 

La vía del mutuo acuerdo es la más rápida y fácil: si ambos progenitores acordáis una nueva cantidad para la pensión de alimentos hay que redactar un nuevo Convenio Regulador y se presenta en el Juzgado para su homologación.

Si estáis conformes la solicitud se puede hacer por ambos cónyuges o por uno con el consentimiento del otro.

El Juez, con el visto bueno del Fiscal, valora lo expuesto y las pruebas presentadas dictando sentencia donde indica si procede o no la modificación planteada.

Cuando no es posible el acuerdo entre los progenitores la modificación de la pensión alimenticia se tiene que tramitar por la vía contenciosa.

Suelen ser los casos que más problemas dan porque normalmente se pide modificar la cuantía de la pensión reduciendo su importe.

Esto puede provocar conflicto tanto con el otro progenitor, que tendría que asumir mayor carga económica si la pensión de alimentos se reduce, como con los derechos de los propios hijos.

La petición de modificación de la pensión de alimentos se realiza ante el mismo Tribunal que acordó las medidas que ahora quieres modificar, y suelen tardar en tramitarse entre cuatro y seis meses, según la carga de trabajo del Juzgado.

Preguntas frecuentes sobre la modificación de la pensión de alimentos

A continuación, te dejamos respuestas a dudas muy frecuentes que recibimos en el despacho sobre modificación de la pensión alimenticia.

SÍ, puedes pedirlo siempre que se cumplan los requisitos y puedas probarlo en el Juzgado.

En especial tienes que acreditar que el aumento de ingresos de tu ex pareja no sea esporádico y tenga cierta consideración, y probarlo documentalmente.

Sí, existe el llamado “mínimo vital”, que es la cantidad considerada como mínima para cubrir las necesidades de un hijo.

Si eres el progenitor obligado a pagar la pensión de alimentos y quieres solicitar una reducción de la cuantía que estás pagando debes tener en cuenta ese límite porque no puede estar por debajo del mínimo vital, que oscila entre los 150 y 180 euros/mes.

Los ejemplos habituales de estos casos son cuando tus gastos han aumentado porque has pedido un préstamo, compras un coche nuevo o te vas a vivir a una vivienda con un alquiler más alto.

La respuesta, en términos generales, es que NO.

Esto es así porque si los gastos ya los tenías cuando se fijó por sentencia la pensión alimenticia, ya fueron valorados por el Juez a la hora de establecer su cuantía.

Y si esos gastos son nuevos, el Juez entenderá que los has provocado tú complicando tu situación económica sabiendo que tenías que pagar la pensión alimenticia como obligación principal e ineludible.

La preferencia la tiene el pago de la pensión de alimentos por encima de otros gastos, teniendo en cuenta la especial protección de la manutención de los hijos menores.

Si por tu cuenta decides dejar de pagar la pensión alimenticia tu ex pareja puede reclamarte las cantidades debidas e iniciar un procedimiento de ejecución de sentencia.

Esto puede suponerte multas, embargos e incluso un procedimiento penal por impago de pensión que puede desembocar en una pena de prisión.

Si no puedes continuar abonando la pensión alimenticia, no dejes de pagar y asesórate de inmediato con abogados de familia para pedir una modificación en el Juzgado.

En resumen, la Ley permite modificar la pensión de alimentos cuando hay cambios sustanciales y significativos en las circunstancias de los progenitores o de los hijos, pero debe hacerse con garantías legales.

Si necesitas asesorarte y quieres pedir una modificación de medidas para modificar la pensión alimenticia podemos ayudarte como abogados especialistas en Derecho de Familia.

Llámanos o déjanos tu consulta y podrás resolver todas tus dudas una consulta inicial sin coste ni compromiso.

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