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Qué es un Convenio Regulador y por qué es clave en una separación o divorcio

El Convenio Regulador es un documento fundamental en cualquier divorcio o separación de mutuo acuerdo, pero su contenido y validez genera muchas dudas.

Después de una ruptura es necesario determinar las medidas que van a regular las consecuencias de la separación o el divorcio.

Estas medidas pueden consensuarse por los cónyuges o por la pareja si no hay matrimonio, recogiéndose en el Convenio Regulador.

Cuando no consiguen ponerse de acuerdo las medidas serán determinadas por un Juez.

En este artículo te explicamos qué es el Convenio Regulador, su contenido, cómo se aprueba y qué pasa si se incumple.

Recuerda que siempre vais a necesitar la ayuda de abogados de familia para negociar los términos del Convenio, su redacción, y los trámites para su aprobación.

que es convenio regulador

Cuando un matrimonio o pareja se rompe, el fin de la relación provoca unas consecuencias personales y familiares, pero también económicas y patrimoniales.

Estas consecuencias deben regularse adoptando una serie de medidas que podéis consensuar ambas partes de común acuerdo.

El documento donde se plasman todos estos acuerdos y las medidas que se van a adoptar a partir de la ruptura es el Convenio Regulador.

Cuando ambas partes llegáis a ese consenso y firmáis el Convenio Regulador podéis tramitar el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo.

Si no conseguís el entendimiento en el Convenio no podéis tramitar el proceso de divorcio de mutuo acuerdo y tendréis que acudir al divorcio contencioso, donde es un Juez quien va a tomar las decisiones sobre las consecuencias de la ruptura.

De ahí la importancia del Convenio Regulador: recoge todos los pactos que los cónyuges, parejas o padres no casados, adoptan para regular sus relaciones y las que tengan con sus hijos después del divorcio o la separación.

Queremos divorciarnos… ¿quién prepara el Convenio Regulador?

Por muy bien que te lleves con tu pareja o cónyuge, no podéis elaborar un Convenio Regulador por vuestra cuenta.

En este proceso siempre va a ser necesaria una negociación, aunque tengáis buena relación y buena comunicación.

Lo normal es que surjan discrepancias a la hora de adoptar las medidas a incluir en el Convenio.

Por eso es imprescindible contar con la ayuda de un abogado de familia siempre.

Ahora bien, pueden ocurrir dos cosas:

Si os lleváis muy bien y tenéis muy claros los términos del acuerdo, ambos podéis estar representados por el mismo abogado que medie entre vosotros, os aconseje y prepare el Convenio.

Si pese a querer tramitar el proceso de mutuo acuerdo hay discrepancias significativas es recomendable que cada uno tengáis vuestro propio abogado.

Siempre insistimos en dedicar tiempo a valorar a fondo cada una de las cláusulas del Convenio, para evitar firmar lo que no quieras o con lo que no estés de acuerdo.

De esta forma se evitan posibles desavenencias en el futuro, que pueden resolverse previamente en esta fase de negociación.

No olvides, además, que necesitas por Ley un abogado para presentar el Convenio en el Juzgado junto con la demanda de divorcio.

La asistencia y presencia del abogado también es obligatoria si decidís tramitar el divorcio ante notario porque cumplís los requisitos para hacerlo por esta vía.

¿Y si no llegamos a un acuerdo sobre el Convenio Regulador?

Si no conseguís consensuar el Convenio Regulador vuestro divorcio no podrá tramitarse por la vía del mutuo acuerdo.

En este caso es un Juez quien va a analizar vuestras circunstancias y determinar las medidas para organizar las consecuencias de vuestro divorcio o separación.

Tener que recurrir al divorcio contencioso es siempre la peor opción, aunque sabemos que en algunos casos no queda más remedio.

Estos procesos conllevan más desgaste: hay que acudir a juicio, declarar en él, los hijos mayores de 12 años o incluso menores van a ser oídos, y la sentencia de divorcio con las medidas del Juez nunca suele contentar a las dos partes.

Además, el divorcio contencioso es un procedimiento es más largo y su coste es mayor.

El contenido del Convenio Regulador

Los acuerdos que se recogen en un Convenio Regulador incluyen medidas de carácter personal, económico y patrimonial, incluyendo toda la parte relativa a los hijos.

Aunque podéis consensuar libremente los pactos que estiméis y adaptarlos a vuestra situación particular, el artículo 90 del Código Civil establece unos puntos obligatorios y básicos que siempre deben incluirse.

¿Qué debe contener como mínimo el Convenio Regulador?

Medidas relativas a la patria potestad y a la guarda y custodia de los hijos

Se recoge quién va a ejercer la patria potestad, entendida como los deberes y facultades propios de los progenitores para con sus hijos, y que incluyen aspectos básicos como la educación, la asistencia, la representación legal o la crianza.

En cuanto a la guarda y custodia, se determina el tipo de custodia, que puede ser monoparental a favor de uno de los progenitores o alguno de los tipos de custodia compartida, donde hay distintas opciones como puede ser la casa nido.

Medidas relativas al régimen de visitas

El Convenio Regulador fija cómo se van a producir las visitas a los hijos del progenitor que no conviva con ellos.

El régimen de visitas puede incluir días entre semana, estancia con los hijos los fines de semana y cómo se van a dividir las vacaciones.

También pueden incluirse en este apartado las visitas de familiares más allegados como los abuelos y cómo van a continuar relacionándose con los nietos tras el divorcio.

Especificar lo más posible cómo se van a hacer las visitas es muy importante, porque uno de los problemas más habituales tras un divorcio es, precisamente, el incumplimiento del régimen de visitas.

Medidas sobre quién se queda en la vivienda familiar y el ajuar familiar

En el Convenio debe incluirse a quién de los cónyuges se le va a atribuir el uso de la que ha sido vivienda habitual de la familia hasta la ruptura.

Esto se acuerda al margen de quién tenga la propiedad del inmueble y se trata de un derecho de uso temporal, valorándose siempre el interés de los hijos menores.

Lo habitual suele ser atribuir el uso al progenitor que va a tener la guarda y custodia de los hijos.

Si optáis por una custodia compartida hay que valorar quién de los dos tiene más necesidad porque esté en peor situación económica.

En cuanto al ajuar familiar ambos pactáis en el Convenio lo que se queda en la vivienda y lo que no de enseres, muebles, electrodomésticos y otros objetos.

Medidas relativas a la pensión de alimentos

El Convenio debe recoger qué cantidad periódica pagará el progenitor que no tiene la custodia de los hijos para contribuir a su cuidado y manutención, sean menores de edad o mayores si no tienen independencia económica.

La pensión de alimentos incluye los gastos ordinarios (alimentación, ropa, educación, vivienda, médicos, ocio…) y los extraordinarios, que son eventuales.

Cuanto más específico sea el desglose de estos gastos en el Convenio mucho mejor, sobre todo por los conflictos que suelen surgir con los gastos extraordinarios sin consentimiento, si no se han pactado en el Convenio o no se han incluido.

La forma de actualizar la pensión alimenticia también sebe incluirse en este apartado.

Medidas sobre la contribución de cada cónyuge a las cargas del matrimonio

Las cargas y obligaciones económicas que afectan al patrimonio de ambos y cómo se va a repartir su pago es otra medida a incluir en el Convenio.

Aquí también debéis ser muy concretos para determinar quién paga, qué paga cada uno y en qué cuantía.

¿Qué más podéis consensuar e incluir en el Convenio Regulador?

Dependiendo de los pactos a los que lleguéis y vuestras circunstancias particulares, el Convenio puede recoger otras medidas:

Pensión compensatoria

Cuando uno de los cónyuges sufre un perjuicio económico por el divorcio o la separación se puede incluir puede en el Convenio una pensión compensatoria a su favor.

Es muy habitual tener dudas sobre cuando tienes derecho a pensión compensatoria, y este punto puede ser motivo de discusión al consensuar el Convenio.

Si hay conflicto los abogados de familia podemos mediar y negociar para llegar también a un acuerdo en este punto que evite acabar en un divorcio contencioso.

En el Convenio debe especificarse la cuantía, duración, y motivos o causas para modificarla o para que se extinga.

Aunque no es obligatorio incluirla en el Convenio, debe hacerse en el momento en que se negocian sus términos, porque después no puede reclamarse.

Compensación por trabajo doméstico

Puede incluirse en el Convenio esta indemnización que consiste en el pago de una cantidad al cónyuge que se ha dedicado al cuidado del hogar y los hijos durante el matrimonio.

La compensación por trabajo doméstico sólo puede pedirse en los matrimonios casados en separación de bienes, y es una prestación compatible con la pensión compensatoria.

El destino de los animales de compañía

Cada vez se recoge más esta medida, regulada en el Código Civil.

La mayoría de animales de compañía forman parte de la vida de la familia, y cuando ésta se rompe hay que decidir quién se queda con ellos, cómo se divide el tiempo con uno y otro, y cómo se pagan sus gastos (veterinario, alimentación…).

La liquidación del régimen matrimonial

Los cónyuges decidís si queréis incluirlo en el Convenio Regulador o dejarlo para un momento posterior.

No es obligatorio incluirlo en el Convenio porque la liquidación no tiene por qué realizarse en el momento de la separación o el divorcio.

Aprobación y cumplimiento del Convenio Regulador

Una vez que ambas partes habéis firmado el Convenio Regulador, debe aprobarse por un Juez o por un Notario.

Se aprueba por el Juez cuando el divorcio se tramita en el Juzgado, presentando con la demanda de mutuo acuerdo el Convenio y el resto de documentos necesarios.

Se aprueba por el notario si tramitáis el divorcio notarial, que sólo puede hacerse cuando no hay hijos menores de edad, porque si los hay es obligatorio pasar por el Juzgado.

Tanto el Juez como el Notario van a analizar el Convenio para valorarlo, y pueden no aprobarlo si consideran que se vulneran derechos de alguna de las partes o no se protegen adecuadamente los intereses de los hijos menores.

Una vez que el Juez apruebe el Convenio en sentencia o el Notario lo haga en la escritura pública notarial éste entra en vigor.

A partir de ese momento es obligatorio su cumplimiento para ambas partes, aunque hay alguna corriente doctrinal que defiende la obligatoriedad del Convenio desde el momento en que ambos cónyuges lo firman.

¿Es posible modificar lo dispuesto en un Convenio Regulador?

SÍ, puede modificarse las veces que sea necesario, cuando cambien las circunstancias personales, familiares o económicas respecto a las que en su día sirvieron para consensuarlo.

Por ejemplo, puede pedirse una modificación de medidas por la pensión de alimentos, que suele solicitarse muy a menudo.

Otro caso habitual es pedir un cambio de custodia de mutuo acuerdo, para lo que ambos debéis presentar al Juez una nueva propuesta de Convenio Regulador con los cambios que estimáis y los motivos para pedirlos.

¿Qué ocurre si una de las partes o ambas incumplen el Convenio Regulador?

Ambas partes estáis obligadas a cumplir el Convenio Regulador desde su aprobación.

Si uno de vosotros lo incumple, el otro puede solicitar al Juzgado la ejecución del Convenio, para que se obligue a la parte incumplidora a cumplir lo establecido.

El incumplimiento puede ser puntual o reiterado, pero tiene consecuencias para el incumplidor:

Multas económicas o sanciones.

Ejecución y embargo de bienes cuando no se pagan las obligaciones económicas fijadas en el Convenio, como la pensión de alimentos.

Consecuencias penales, como el delito de desobediencia a la autoridad o el de abandono de familia si no se paga la pensión alimenticia o la compensatoria.

¿Te ha quedado alguna duda o tienes preguntas sobre el Convenio Regulador?

Como abogados de familia en Madrid tenemos un papel crucial en este trámite del divorcio de mutuo acuerdo, tanto en la parte legal como en la negociación del Convenio para conseguir el consenso entre las partes.

Si estás pensando en divorciarte puedes contarnos tu caso y te daremos toda la información que necesites sin coste ni compromiso.

Primera consulta gratuita.

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