Por desgracia, el incumplimiento del régimen de visitas es uno de los problemas más recurrentes en los procesos de divorcio en España.
Ambos progenitores tienen el derecho a las visitas para estar con sus hijos, pero también es una obligación que debe cumplirse en los términos establecidos en el Convenio regulador o en la sentencia de divorcio.
Puede parecer obvio que el padre y la madre tienen este derecho y deber en el ejercicio de la patria potestad.
Sin embargo, es muy habitual que uno de los progenitores actúe incumpliendo de forma reiterada el régimen de visitas establecido en el Convenio y la sentencia.
Esto puede hacerlo tanto el progenitor que tiene la custodia de los niños como el no custodio.
En este artículo repasamos las principales causas del incumplimiento de las visitas, sus consecuencias, y cómo actuar legalmente en estos casos.
Recuerda que estos procesos requieren asistencia letrada por Ley y es muy importante asesorarte con abogados de familia que te ayuden a tramitarlo con garantías y pensando siempre en el interés y bienestar de los menores.
Antes de iniciar cualquier actuación conviene conocer cómo funciona el régimen de visitas, quién lo fija, cómo puede modificarse y qué derechos y obligaciones tiene cada progenitor. Si todavía tienes dudas sobre estas cuestiones, te recomendamos consultar nuestra guía completa sobre el régimen de visitas en un divorcio, donde explicamos su funcionamiento y las situaciones más habituales.
Índice de contenidos
Toggle¿Cómo puede ser el incumplimiento del régimen de visitas?
El régimen de visitas es uno de los acuerdos más importantes que debe adoptarse en los procesos de separación y divorcio con hijos menores.
Este acuerdo permite a ambos progenitores disfrutar de sus hijos y estar con ellos, estableciéndose una serie de reglas sobre cuándo y cómo deben hacerse estas visitas.
El objetivo básico es proteger y cuidar el interés y bienestar de los hijos menores, para que puedan relacionarse con ambos progenitores después de un divorcio o separación.
Si has tramitado el divorcio de mutuo acuerdo con hijos lo normal es que hayas consensuado con tu ex pareja el modo de gestionar el régimen de visitas.
En estos casos donde el proceso se ha hecho amistosamente es más fácil que no se produzcan conflictos, o en caso de haberlos sean puntuales y puedan resolverse con una buena comunicación.
Incluso en los divorcios que acuerdan alguno de los tipos de custodia compartida puede acordarse un régimen de visitas, que no suele ser amplio ni con pernocta al convivir los menores con cada progenitor un periodo de tiempo.
Sin embargo, si el divorcio ha sido contencioso la situación suele complicarse mucho más porque los progenitores no se llevan bien.
En estos casos donde no hay acuerdo es el Juez quien determina el régimen de visitas en la sentencia de divorcio.
Esto provoca que, por distintos motivos, uno de los progenitores ponga obstáculos y trabas al otro para poder ver a los hijos o incumpla de forma puntual o reiterada el régimen acordado en la sentencia.
Tipos de incumplimiento del régimen de visitas
Incumplir las visitas no sólo es cosa del progenitor que no tiene la custodia de los hijos.
También el progenitor custodio puede incurrir en incumplimiento, dado que la obligación de cumplir no es sólo del cónyuge que no vive con los menores.
Es más habitual de lo que crees que ambos progenitores entren en una “guerra” de acusaciones alegando incumplimiento del otro y tenga que ser el Juez quien determine quién está incumpliendo (o si lo están haciendo ambos).
Por eso podemos distinguir dos tipos de incumplimiento:
➡️ Incumple el progenitor que tiene la guarda y custodia cuando impide al otro progenitor el contacto con los hijos poniendo trabas y obstáculos para poder verlos.
➡️ Incumple el progenitor no custodio cuando directamente no visita a los menores ni está con ellos cuando le corresponde.
Por tanto, uno u otro pueden incumplir, y por diferentes motivos que vamos a ver.
Motivos habituales de incumplimiento del régimen de visitas
Aunque los motivos para no cumplir con las visitas pueden ser muy variados, como abogados de divorcios en Madrid conocemos los más habituales que vemos en las consultas que recibimos.
Podemos distinguirlos en función de quién es la parte incumplidora.
➯ Motivos por los que incumple el régimen de visitas el progenitor no custodio
El progenitor que no tiene la custodia de los menores suele usar para justificarse argumentos como estos:
“El trabajo y los horarios laborales que tengo no me permiten cumplir con las visitas que están establecidas…”
“Tengo una relación con una nueva pareja y mis hijos no quieren verla ni estar con ella…”
“No soy yo, son mis hijos que no quieren verme ni estar conmigo…”
“Tengo un nuevo trabajo con horarios cambiantes que me impiden cumplir con las visitas…”
“Yo no tengo la culpa, es cosa de mi ex que no me deja estar con los niños cuando me toca tenerlos…”
➯ Motivos por los que incumple el régimen de visitas el progenitor custodio
El progenitor que tiene la custodia de los menores, que suele ser la madre, también puede incumplir justificándose con motivos como estos:
“No pienso dejar a mi ex que vea a los niños si no me paga la pensión de alimentos…”
“No puede venir a visitarlos en el horario establecido porque tienen actividades extraescolares después del colegio…”
“No quiero que mis hijos están o convivan con la nueva pareja de mi ex…”
“Yo no tengo nada que ver, es el niño/niña que no quiere ver a su padre/madre…”
Este último motivo suele provocar numerosos conflictos cuando ha habido un divorcio contencioso y los progenitores se llevan mal, siendo los hijos quienes se niegan a cumplir con las visitas.
Las causas pueden ser desde que el propio menor no quiera por voluntad propia hasta que haya detrás una evidente manipulación por parte del otro progenitor.
Las nuevas parejas tampoco ayudan en muchos casos y los hijos pueden negarse a pernoctar con ellas si no están cómodos o se sienten desplazados o excluidos de la nueva familia.
¿Qué debes tener en cuenta?
✔ Lo primero es el bienestar de los menores, y es el punto de partida para resolver una situación de incumplimiento de régimen de visitas.
✔ Ninguno de los progenitores podéis impedir que vuestros hijos se relacionen con el otro si no hay una justa causa, tal y como indica el artículo 160.2 del Código Civil.
✔ Cuando no hay buena comunicación entre vosotros se generan más dificultades para cumplir con las visitas y es fácil que surjan roces y malentendidos.
✔ Los resentimientos de uno con otro y no controlar las emociones negativas derivadas del divorcio predisponen a muchos padres y madres afectando al cumplimiento de las visitas.
✔ Aunque se produzca un cambio laboral, profesional o personal que pueda afectar al régimen de visitas es fundamental comunicarse para llegar a una solución consensuada.
✔ Los problemas de salud del progenitor no custodio o una enfermedad del menor puede impedir o dificultar cumplir con las visitas, en cuyo caso es clave la comunicación y si es necesario pedir una modificación para adaptarlas a la situación.
✔ Si te preocupa la seguridad de tu hijo o hija cuando están con tu ex por algún motivo, como puede ser un problema de alcoholismo o drogadicción, es importante que te asesores para valorar cómo hacer con las visitas y si es necesario modificar el régimen establecido.
Cuando existen adicciones, violencia, conductas negligentes u otras circunstancias que pueden poner en riesgo al menor, el problema va más allá de un simple incumplimiento. En estos casos, el juez puede valorar la limitación o suspensión de las visitas. Te explicamos todos los supuestos en nuestra guía sobre las causas para negar el régimen de visitas.
¿Es un delito no cumplir con el régimen de visitas?
Antes de la reforma del Código Penal en 2015 si tu ex no cumplía con las visitas podías poner una denuncia y se tramitaba un juicio de faltas.
Después de la Reforma que despenalizó los juicios de faltas el incumplimiento del régimen de visitas NO es delito ni se persigue en la vía penal.
Ahora bien, incumplir con las visitas SÍ que puede tener consecuencias penales.
Esto ocurre cuando el progenitor no cumple de manera reiterada pese a los requerimientos del Juez, porque estaría cometiendo un delito de desobediencia a la autoridad.
Acudir a la vía penal es la última opción, cuando las medidas adoptadas en la vía civil no hayan resuelto el problema y el incumplimiento sea reiterado, manifiesto, permanente.
Recuerda que en estos temas no hay dos casos iguales y por eso es necesario consultar con abogados de familia para recibir asesoramiento y adoptar las medidas que procedan en interés de los menores.
Cómo actuar legalmente en caso de incumplimiento del régimen de visitas
El proceso legal a seguir cuando se incumple el régimen de visitas es igual sea el progenitor que sea quien no cumple (el custodio o el no custodio).
Podemos dividirlo en varias fases:
✔ Intentar llegar a un acuerdo amistoso que evite ir al Juzgado
Siempre insistimos en lo importante que es llevarse bien para que los posibles cambios afecten lo menos posible a la tranquilidad de vuestros hijos.
Recuerda que incluso en un divorcio de mutuo acuerdo con hijos puede haber incumplimiento, aunque suele resultar más fácil en estos casos llegar a un entendimiento.
Si no tenéis una buena relación, intentad mantener una comunicación para resolver el problema, lo que redunda en beneficio de vuestros hijos, e incluso podéis acudir al servicio de mediación para intentar el consenso.
Si ambos progenitores llegáis a un acuerdo y es algo puntual (por ejemplo, uno de vosotros tiene que irse unos meses fuera por trabajo) es importante plasmarlo por escrito en un documento privado entre vosotros (que nunca sea un mero acuerdo verbal).
Si es un cambio definitivo y estáis conformes es necesario modificar el régimen de visitas judicialmente presentando en el Juzgado una demanda de modificación de medidas.
Esta demanda puede presentarse de mutuo acuerdo si ambos consensuáis el cambio, o hacerlo de forma individual si no llegáis a un consenso.
✔ Asesorarse con un abogado de familia
Cuando se produce el incumplimiento del régimen de visitas y no es algo puntual es muy importante consultar con un buen abogado de familia.
Como expertos en estos temas podemos orientaros sobre las mejores opciones para resolver el problema garantizando lo mejor para vuestros hijos.
Los abogados de familia solemos interceder entre ambos progenitores si tienen discrepancias y podemos conseguir el acuerdo entre vosotros para evitar un conflicto legal.
Tanto si las modificaciones en caso de incumplimiento se hacen de mutuo acuerdo o hay que plantearlo sin conformidad es necesario por Ley presentar la modificación en el Juzgado con abogado y procurador.
Los abogados de familia también podemos asesoraros a la hora de valorar si el incumplimiento del régimen de visitas es más o menos grave, dado que incumplir de forma puntual no es lo mismo que hacerlo de forma reiterada.
Esto va a determinar el tipo de medidas que haya que tomar y las consecuencias legales del incumplimiento.
✔ Requerimiento previo
Antes de adoptar cualquier medida judicial y si tu ex no está cumpliendo con el régimen de visitas es importante enviar un requerimiento previo.
Lo más fácil es enviar un burofax o hacerlo por vía notarial requiriendo al progenitor que no esté cumpliendo (sea el custodio o el no custodio) para que cumpla lo dispuesto en el Convenio Regulador o en la sentencia sobre el régimen de visitas.
Si con estos pasos o de mutuo acuerdo se ha podido llegar a un entendimiento habrá que presentar en el Juzgado una demanda de modificación de medidas para dejar constancia de los cambios en las visitas.
Si no ha sido posible, o uno de los progenitores está incumpliendo de forma reiterada haciendo caso omiso de los requerimientos, no queda más remedio que pedir la ejecución judicial.
✔ La opción de la mediación judicial
Imagina que ambos progenitores estáis incumpliendo el régimen de visitas.
Una situación muy común es cuando el progenitor obligado a pagar la pensión de alimentos no lo hace y el otro progenitor no le permite ver a los hijos menores como represalia.
Este tipo de conflictos pueden resolverse con la ayuda de un abogado de familia que interceda para intentar el acuerdo o a través de la denominada mediación judicial.
Esta función se realiza por el Letrado de la Administración de Justicia que actúa como parte mediadora para intentar resolver el conflicto y evitar meterse en una contienda judicial.
Procedimiento legal por incumplimiento del régimen de visitas
Si pese a tus esfuerzos no alcanzáis un acuerdo extrajudicial y como progenitor se está vulnerando tu derecho a ver y estar con tus hijos tienes que acudir a la vía judicial.
En este caso tendrás que interponer con ayuda de un abogado de familia una demanda de ejecución de sentencia.
Estos son los pasos del proceso legal:
➯ Recopilación de pruebas que acrediten el incumplimiento
Si no hay acuerdo posible y no queda más remedio que acudir al Juzgado es fundamental poder acreditar el incumplimiento de las visitas al Juez.
Como pruebas del incumplimiento pueden aportarse mensajes de WhatsApp, conversaciones telefónicas, correos electrónicos entre vosotros, vídeos e incluso testigos que puedan acreditar que no se está cumpliendo con las visitas estipuladas en el Convenio o en la sentencia.
➯ Interponer demanda de ejecución de Convenio Regulador o de sentencia
La demanda se presenta con abogado y procurador y debe acompañarse de todas las pruebas que hayas recopilado que demuestren que tu ex incumple las visitas de forma reiterada.
El Juez admite a trámite la demanda y va a requerir al progenitor incumplidor para que cumpla con el régimen de visitas estipulado en su día en el Convenio o en la sentencia de divorcio, o explique por qué no está cumpliendo.
¿Y si a pesar de todo sigue habiendo incumplimiento del régimen de visitas?
Si a pesar del requerimiento por el Juez tu ex se mantiene en el incumplimiento el Juez puede imponerle multas coercitivas, que son sanciones económicas mensuales cuya cuantía fija el Juez y que se apoyan en el artículo 776.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En ocasiones estas medidas no son suficientes y el progenitor incumplidor se mantiene de forma reiterada en la misma actitud pese a los requerimientos del Juez y las multas.
En este caso puede tener una responsabilidad penal al cometer un delito de desobediencia a la autoridad (en este caso al Juez) y que se tramita a partir de denuncia en el Juzgado Penal.
Siempre hay que evitar llegar a este punto, que no sólo va a ser muy conflictivo para ambos progenitores, sino que también va a afectar emocionalmente a los menores.
¿Qué es el Punto de Encuentro Familiar?
Este servicio social se utiliza en supuestos de incumplimiento del régimen de visitas o en casos de divorcios conflictivos donde ambos progenitores no se llevan bien.
Como progenitor puedes pedir en el Juzgado que la entrega de los menores a tu ex se haga a través de estos Puntos de Encuentro, y será el propio Juzgado quien irá controlando que se cumplan las visitas establecidas en sentencia.
Esta medida también puede utilizarse cuando no se pretende impedir completamente la relación con el progenitor, pero sí proteger al menor mediante visitas progresivas y supervisadas. En uno de nuestros procedimientos conseguimos que el juez acordara esta solución debido a las adicciones del padre. Puedes conocer cómo se planteó el caso, las pruebas aportadas y el resultado obtenido en nuestro caso de éxito sobre la restricción del régimen de visitas por adicciones.
¿Se puede pedir cambio de custodia por incumplimiento del régimen de visitas?
La respuesta a esta pregunta es SÍ, y se da en los casos más graves y reiterados de incumplimiento sistemático de las visitas.
El progenitor que actúa de esta forma no sólo perjudica al otro progenitor, sino que su actitud también está afectando muy negativamente a la relación con sus hijos.
Cuando la situación se sigue repitiendo el progenitor perjudicado se ve obligado a interponer una y otra vez demandas de ejecución de sentencia, con el consiguiente desgaste anímico y personal que ello supone y que degrada más aún las relaciones familiares.
En estas situaciones tan extremas es posible solicitar el cambio de custodia por incumplimiento reiterado y persistente del régimen de visitas.
Esta opción se recoge en el artículo 776.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en este proceso el Juez puede acordar modificar el régimen de guarda y custodia que se estableció en su momento en la sentencia de divorcio.
El fin último de esta opción es siempre la protección del bienestar emocional y personal de los menores, la parte más vulnerable y afectada por estas situaciones.
¿Te ha quedado alguna duda?
¿Tu ex está incumpliendo el régimen de visitas y no sabes cómo proceder legalmente?
Si es así, como abogados de familia en Madrid podemos ayudarte mediando para intentar una solución amistosa o pidiendo la ejecución de sentencia en el Juzgado.
Puedes dejarnos tu consulta y te resolveremos todas las dudas que tengas sin coste ni compromiso.



