El régimen de visitas tras una separación o divorcio puede negarse o suspenderse cuando se dan causas que lo justifiquen y que estén afectando o poniendo en peligro el bienestar del menor.
Las causas pueden ir desde la violencia de género hasta conductas negligentes por parte del progenitor o las adicciones.
Cuando la relación del progenitor con el menor resulta dañina y negativa para su bienestar es posible negar el régimen de visitas.
En estas situaciones tan delicadas es el Juez quien decide, debiendo valorar todas las pruebas y las circunstancias de cada caso en particular.
En este artículo te explicamos cuáles son las principales causas para negar el régimen de visitas y cómo es el procedimiento legal para pedirlo, donde vas a necesitar el asesoramiento de abogados de familia.
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ToggleLa importancia del régimen de visitas y por qué puede negarse
El régimen de visitas es uno de los puntos más importantes a tratar en un divorcio o separación con hijos.
Se trata de decidir cómo el progenitor no custodio va a poder cuidar y disfrutar de sus hijos, lo que constituye tanto un derecho como una obligación.
Las visitas pueden acordarse por los propios cónyuges cuando se llevan bien en un divorcio de mutuo acuerdo con hijos, estableciendo la forma que mejor convenga a todos en función de su disponibilidad.
En caso contrario será el Juez de familia quien determine en la sentencia de divorcio cómo van a realizarse las visitas a los menores por el progenitor no custodio.
Sin embargo, cuando se dan determinadas circunstancias el régimen de visitas puede quedar limitado e incluso llegar a suspenderse.
El Juez tendrá que valorar la solicitud y decidir si suspende las visitas pensando siempre en proteger el bienestar, la seguridad y el interés del menor.
Como puedes imaginar, se trata de decisiones muy delicadas que deben estar muy fundamentadas.
Por eso es muy importante asesorarse bien y en ningún caso actuar a la ligera o por cuenta propia para impedir sin más al progenitor no custodio ver a los menores.
Causas más comunes para negar el régimen de visitas
No es lo mismo limitar las visitas que suspenderlas.
Cuando el Juez las limita no se eliminan, sino que se reducen, siendo habitual quitar las pernoctas de los menores con el progenitor no custodio.
Sin embargo, cuando se niegan las visitas el Juez entiende que hay motivos de peso para suspenderlas porque afectan negativamente al bienestar y seguridad de los hijos.
A ello se refiere el artículo 94 del Código Civil, que fue modificado por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
En este artículo se indican las posibles causas para negar el régimen de visitas, y las más habituales para que el Juez de familia tome esta decisión son:
- Casos de violencia doméstica o de género: el Juez denegará las visitas si hay condena firme por este delito o riesgos para los hijos y/o el progenitor custodio.
También puede suspenderlas si valora que existe cualquier indicio que pruebe que el entorno donde se desenvuelve el menor es perjudicial para su bienestar.
- Adicciones: si el progenitor no custodio consume alcohol o drogas con habitualidad pueden negarse las visitas, al influir estas adicciones en su comportamiento con los menores.
En este caso se pone en riesgo no sólo la seguridad física de los hijos, sino también su estabilidad emocional.
- Comportamientos negligentes: cuando el progenitor no custodio incumple sus deberes de responsabilidad y cuidado de los hijos, perjudicando su desarrollo.
- Situaciones de abuso: ante una denuncia por abuso físico, emocional o sexual, el Juez va a proteger al menor suspendiendo las visitas automáticamente en lo que se tramita la oportuna investigación de los hechos denunciados.
- Situaciones familiares conflictivas: un entorno familiar violento, agresivo, o vivir en condiciones insalubres o peligrosas también es causa para negar las visitas.
- Incumplimiento del régimen de visitas de manera constante y reiterada por parte del progenitor no custodio: cuando no hay causa que lo justifique el Juez puede determinar que se suspendan. Antes de llegar a una medida tan excepcional como la suspensión del régimen de visitas, existen distintas actuaciones legales para exigir que la otra parte cumpla lo acordado. Si quieres saber cuáles son y cómo iniciar el procedimiento, consulta nuestra guía sobre el incumplimiento del régimen de visitas.
Hay otros motivos que puede valorar un Juez, y dependiendo de cada caso determinar si limita las visitas o incluso las elimina:
- Cuando el progenitor no custodio utiliza tácticas de manipulación con los hijos para desacreditar al otro progenitor y predisponerles en su contra.
- Cuando no existe relación afectiva entre el progenitor no custodio y el menor, sin que haya habido contacto alguno de forma prolongada.
Es muy importante tener en cuenta que cada familia es distinta, y que hay que demostrar las causas que justifican pedir al Juez que niegue las visitas.
Cómo es el procedimiento legal para negar el régimen de visitas
Como abogados de divorcio expertos en familia, siempre insistimos en que este tipo de medidas son muy delicadas y no pueden tomarse a la ligera.
Por eso deben tener un carácter excepcional, teniendo en cuenta siempre que lo importante es proteger el bienestar y el interés de los hijos menores.
Para adoptar esta medida hay que tramitar un procedimiento judicial, donde un Juez de familia valora las razones y pruebas que justifican pedir que se suspendan las visitas acordadas en su momento en la sentencia de divorcio.
El progenitor que tiene la custodia de los hijos es quien hace la solicitud mediante demanda que se presenta con abogado y procurador en el Juzgado de familia que corresponda.
En esa demanda se explica de forma detalladas las causas y motivos que justifican la solicitud, que deben estar muy bien argumentadas y probadas.
Las pruebas pueden ser de distinto tipo, y suelen utilizarse:
- Documentales como sentencias por delito, denuncias por violencia de género, antecedentes penales y otros.
- Declaraciones de testigos que ayuden a probar los motivos alegados en la solicitud, como familiares, vecinos, o profesores del colegio.
- Informes periciales emitidos por profesionales como peritos psicólogos.
- Informes de asistentes sociales.
- Informes médicos (asistencias por lesiones, o problemas médicos derivados de la situación que está viviendo el menor).
En el procedimiento judicial interviene el Ministerio Fiscal, cuya función es proteger por encima de todo el interés del menor.
Su papel es muy importante en el proceso, porque analizará todas las pruebas presentadas para preparar un informe que será valorado por el Juez de cara a la decisión que tome.
El Juez es quien tiene la última palabra, una vez haya revisado todas las pruebas presentadas y teniendo en cuenta en su resolución por encima de todo la seguridad y el bienestar de los menores.
Otras opciones alternativas a negar el régimen de visitas
Suspender el régimen de visitas debe ser siempre una decisión excepcional, y por eso hay otras opciones que, según el caso, pueden valorarse.
Todo va a depender de los motivos que se aleguen para pedir la suspensión, buscando siempre la protección del menor.
Estas alternativas pueden ser viables o no, y hay que valorarlas siempre en la situación concreta que se esté produciendo.
Las que más suelen utilizarse son éstas:
- Establecer un régimen de visitas controladas y supervisadas, para facilitar que el progenitor no custodio pueda mantener cierto contacto con el menor, pero bajo vigilancia.
Por ejemplo, puede recurrirse a esta opción cuando hay adicciones o situaciones de violencia, si bien dependerá de valorar muy bien las circunstancias de cada caso.
- Utilizar el punto de encuentro familiar para hacer las visitas, donde hay supervisión sobre su desarrollo para evitar situaciones conflictivas.
- Acudir a la mediación familiar, promoviendo un entorno pacífico para resolver los problemas que garantice la seguridad y bienestar de los menores.
- Imponer algún tipo de restricción en el horario de las visitas o las condiciones en que van a realizarse para proteger la seguridad de los hijos.
En BASA Abogados hemos conseguido en algunos procedimientos proteger al menor sin eliminar totalmente el contacto con el otro progenitor, estableciendo un régimen progresivo y supervisado mientras acreditaba su rehabilitación. Puedes conocer cómo se resolvió uno de estos asuntos en nuestro caso de éxito sobre la restricción del régimen de visitas por adicciones.
¿Se pueden negar las visitas sin justificación?
NO, si eres el progenitor custodio no puedes negarte a que tu ex visite a vuestros hijos sin que haya un motivo justificado.
Si actúas por tu cuenta y sin asesorarte te expones a:
- Que te sancionen económicamente o te impongan el pago de una indemnización a pagar al progenitor afectado por tu conducta.
- Que el otro progenitor pida la atribución de la custodia a su favor solicitando judicialmente una modificación, si tu incumplimiento es reiterado y grave.
- Que te condenen por un delito de desobediencia o un delito de incumplimiento de la resolución judicial del divorcio, recogidos ambos en el Código Penal.
Para concluir, recuerda que cada familia es única, por eso hay que valorar muy bien las causas para negar un régimen de visitas y siempre con ayuda legal para orientarte y aconsejarte sobre lo que puedes hacer en tu situación concreta.
Si buscas asesoramiento legal porque tienes dudas sobre el régimen de visitas o cualquier otra cuestión relacionada con tu divorcio como abogados de familia en Madrid podemos ayudarte.
Puedes contarnos tu problema aquí y resolver en una primera consulta gratuita y sin compromiso todas tus preguntas.



