La modificación de medidas para extinguir una pensión de alimentos a favor de un hijo mayor de edad requiere demostrar que existen causas justificadas para ello.
Por ejemplo, es causa para pedir la modificación la independencia económica del hijo, pero no siempre, dependiendo de valorar una serie de circunstancias.
La extinción de la pensión alimenticia no es automática con la mayoría de edad y debe solicitarse al Juez presentando una demanda judicial de modificación de medidas.
En este artículo te explicamos las razones que llevaron a Juan (nombre ficticio) a pedir en el Juzgado que cesara su obligación de pasar alimentos a su hija de 26 años.
Estos procedimientos deben tramitarse siempre con la ayuda de abogados de familia porque cada caso es diferente.
Recuerda que nunca debes dejar de pagar la pensión alimenticia por tu cuenta.
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ToggleEl caso de Juan: modificación de medidas pidiendo extinción de pensión alimenticia a hija mayor de edad
El caso de Juan es uno de tantos que todos los días se presentan en los Juzgados de Familia, dado que la extinción de la pensión de alimentos es un tema muy habitual.
Pero la duda más habitual que nos plantean en el despacho es: “Si mi hijo trabaja tengo que pagar pensión de alimentos?”
La respuesta empieza con un “depende”.
Como punto de partida para aclarar conceptos debes tener en cuenta lo siguiente:
- En el Código Civil no se indica que los hijos deban tener determinada edad para cesar en la obligación de pagar la pensión alimenticia.
- Lo que sí debe quedarte claro es que mientras tus hijos no puedan vivir por su cuenta de forma independiente y mantenerse la obligación de pago persiste.
- Aunque tu hijo trabaje, si no puede cubrir con sus ingresos sus necesidades básicas deberás seguir pagando la pensión de alimentos.
Por tanto, lo primero es asesorarte porque no hay una sola respuesta a esta duda, y los jueces van a valorar cada caso en particular a partir de unas pautas generales.
La historia de Juan: un divorcio y dos hijas menores
Juan se divorció en 2011, cuando sus dos hijas eran menores de edad.
En su momento la sentencia de divorcio determinó que debía abonar una pensión alimenticia en favor de cada una de sus hijas, cuya custodia quedaba para la madre.
Según fue pasando el tiempo las circunstancias de las hijas fueron cambiando.
En el año 2020 ambos progenitores firmaron un nuevo acuerdo de Convenio Regulador de medidas paternofiliales.
En él se estableció la extinción de la pensión a favor de la hija mayor por haber contraído matrimonio, siendo ya una unidad familiar independiente.
Se mantenía la pensión alimenticia a favor de la hija menor de ambos.
Pero en 2024 las circunstancias familiares volvieron a cambiar.
La hija menor ya estaba trabajando y era independiente económicamente, con contrato fijo y unos ingresos que le permitían cubrir de sobra sus necesidades básicas.
De hecho, la hija menor viajaba al extranjero y disponía de vehículo propio, siendo autosuficiente para vivir sin depender de nadie.
Se da la circunstancia de que la madre ya había avisado vía WhatsApp al padre de que a hija menor en común trabajaba desde hacía tiempo y ya no era necesario pagarle pensión alimenticia.
Había que tener en cuenta otra circunstancia, y era que la hija menor no tenía relación alguna con su padre.
Nuestro cliente intentó en numerosas ocasiones contactar con ella directamente y a través de su hermana, pero nunca tuvo respuesta.
Cambio de circunstancias económicas del padre
Pero, además, se había producido otro cambio en las circunstancias económicas de Juan, que habían variado desde el divorcio al haberse prejubilado, con lo que sus ingresos se habían reducido de forma considerable.
Además, Juan había contraído nuevo matrimonio y su esposa actual dependía económicamente de él, y hacía frente todos los meses al pago de una hipoteca.
En este escenario, la situación económica de nuestro cliente era bastante peor que la de su hija menor, que no tenía deudas, trabajaba y cubría de sobra sus necesidades.
Pese a ello, Juan nunca incurrió en un impago de la pensión de alimentos, que abonó puntualmente, ni dejó de abonarla por su cuenta.
Modificación de medidas por extinción pensión alimentos: argumentos y sentencia favorable
Después de valorar a fondo el caso de Juan, le explicamos que podía pedir la extinción de la pensión de alimentos a favor de su hija menor.
Para ello era necesario plantear en el mismo Juzgado que tramitó en su día su proceso de divorcio una demanda de modificación de medidas por la pensión de alimentos.
Junto con la demanda judicial aportamos:
- La sentencia de divorcio emitida en su día por el Juez de familia.
- El acuerdo de convenio regulador de medidas paternofiliales de 2020 y la resolución judicial que lo aprobaba, de 2021.
- La conversación de WhatsApp en la que la madre de la hija menor comunicaba al padre que ya estaba trabajando desde hacía tiempo.
- La documentación acreditativa de los ingresos mensuales que percibía Juan desde que se había prejubilado.
El Juez tenía que valorar las pruebas presentadas, y decidir si procedía o no la extinción de la pensión de alimentos.
Sentencia favorable: el juez concede la extinción de la pensión alimenticia
En marzo de 2025 el Juez dicta sentencia y concede la extinción de la pensión de alimentos fijada a favor de la hija común a cargo de nuestro cliente.
¿En qué se apoyó el Juez para darnos la razón?
- No existe ningún precepto legal que establezca una edad objetivable para extinguir la pensión alimenticia en estos supuestos.
- Hay que estar a las circunstancias del caso, pues todos no son idénticos, sino que tienen sus singularidades.
- La hija común debía justificar que continuaba necesitando alimentos, y al no hacerlo se presume su capacidad económica.
- Habíamos probado que tenía trabajo remunerado, el cambio en la situación económica de su padre y la nula relación entre ambos por voluntad de la hija.
El fallo de la sentencia es este:
Si estás en una situación parecida a la de Juan y quieres saber si puedes pedir la extinción de la pensión de alimentos que estás pagando podemos ayudarte como abogados de divorcios y familia en Madrid.
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