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¿Hasta cuándo tengo que pagar la pensión de alimentos?

Las dudas sobre la pensión de alimentos y hasta cuándo tienes que pagar son muy habituales en las consultas a los abogados de familia.

Este tema es lo que denominamos “un clásico”, porque la pensión de alimentos es de las cuestiones que más problemas suscita en los divorcios y separaciones.

Esta partida económica, obligatoria cuando hay hijos en el matrimonio, suscita muchas preguntas como estas:

¿Tengo que pagar pensión de alimentos a mis hijos mayores de edad?

¿En qué momento ya no tengo obligación de pagar?

¿Y si mi hijo o hija no hace nada debo seguir pagando?

Vamos a resolver éstas y otras dudas sobre la pensión alimenticia, si bien siempre insistimos en que en esta cuestión cada familia es diferente y hay que valorar con ayuda de abogados de familia cada situación particular y personal de cada uno.

Si tienes cualquier duda relacionada con la pensión de alimentos y hasta cuándo tienes que pagar en tu caso concreto, podemos ayudarte.

hasta cuándo tengo que pagar la pensión de alimentos

Seguro que ya sabes que la pensión de alimentos es una cantidad que paga periódicamente el progenitor que no ostenta la custodia de los hijos para ayudar a su cuidado y manutención.

El progenitor que paga los alimentos se denomina alimentante, y quien recibe esa pensión es el alimentista.

El Código Civil indica en su artículo 142 lo que se entiende por “alimentos”, un concepto mucho más amplio de lo que se entiende por “alimentación” propiamente dicha.

Dicho de otro modo, la pensión alimenticia ayuda a sufragar los gastos de cuidado de los hijos, incluyendo también la ropa, la educación, la asistencia sanitaria, la vivienda, y en general todo su sustento para garantizar su bienestar.

El pago de la pensión de alimentos comprende una cuantía anual, determinada en el Convenio Regulador, y se distribuye entre los 12 meses del año, pagándose por el progenitor no custodio incluso en los periodos vacacionales que tiene a los hijos consigo.

En cuanto a su cuantía, depende mucho de cada caso concreto, aunque en España hay unos criterios orientadores que sirven como referencia en los procedimientos de familia.

En cualquier caso, es el Juez quien decide en la sentencia de divorcio o separación la cuantía de la pensión alimenticia, sus actualizaciones y cómo se procederá a realizar el pago.

Es fundamental tener claro que el pago de la pensión de alimentos es una obligación para el progenitor que tiene que abonarla, cuyo cumplimiento se vigila con lupa porque su razón de ser es garantizar el bienestar de los hijos de la pareja o matrimonio.

Por tanto:

➯ Si eres el progenitor que paga la pensión, nunca puedes dejar de abonarla de forma unilateral, y ante la duda sobre cuándo puedes dejar de pagar debes asesorarte con un abogado de familia.

Mucho cuidado porque ante el impago de la pensión de alimentos te expones a un procedimiento ejecutivo que puede acabar con el embargo de tus bienes, e incluso, incurrir en responsabilidad penal por un posible delito de abandono de familia.

➯ Si eres el progenitor que tiene la custodia de los hijos y recibes la pensión de alimentos, recuerda que no es una pensión compensatoria para ti, sino que se destina a vuestros hijos, para contribuir a su manutención y cuidado.

Lo tengo claro, pero…. ¿hasta cuándo debo pagar la pensión alimenticia?

Nuestro Código Civil NO establece una edad concreta a partir de la que tus hijos ya no tienen que recibir la pensión de alimentos.

Una vez más va a depender de cada caso en particular porque no hay dos familias iguales.

Sabemos y hemos visto cómo las crisis económicas recientes y la pandemia del Covid19 afectaron a muchos progenitores que no podían hacer frente al pago de la pensión de alimentos de sus hijos.

Pero también es una realidad que muchos hijos se hacen mayores y son incapaces de encontrar un trabajo para vivir por su cuenta, por lo que continúan necesitando la ayuda de sus progenitores.

¿Qué debes tener en cuenta entonces?

El artículo 93 del Código Civil indica que si viven en el domicilio familiar hijos que son mayores de edad sin sus propios ingresos, el Juez fijará para ellos la pensión alimenticia que corresponda.

El artículo 152.3 del Código Civil indica entre varios motivos por los que cesa la obligación de pagar pensión alimenticia cuando el hijo o hija puede desempeñar una profesión laboral u oficio o ha mejorado su fortuna, de forma que ya no necesite esa ayuda para subsistir.

Ahora bien, no fija un criterio de edad, y aquí es donde está el problema legal más habitual que surge en relación con pagar o no pensión de alimentos.

No hay duda alguna con la obligación del pago cuando los hijos son menores de edad.

Pero… ¿qué pasa a partir de su mayoría de edad?

¿Y si siguen viviendo en la casa familiar mientras estudian una carrera?

¿Qué ocurre si viven en casa, pero tienen unos ingresos esporádicos?

¿Qué pasa si tienen un trabajo, pero su sueldo no alcanza el salario mínimo interprofesional?

¿Y si se hacen más mayores, cumplen 25, 26, 30 años y no estudian ni trabajan (es el caso de los conocidos como “ninis”)?

Como pues ver, pueden darse multitud de supuestos, pero no en todos estos casos la respuesta es la misma, como vamos a ver.

Pensión de alimentos: ¿hasta cuándo tengo que pagar si los hijos llegan a la mayoría de edad?

El punto de partida es que hay obligación de pago de pensión alimenticia mientras los hijos no puedan subsistir sin ayuda.

Los 18 años NO se tienen en cuenta, como muchos progenitores creen erróneamente, como una edad límite para dejar de pagar la pensión.

De hecho, la mayoría de vástagos a esa edad continúan estudiando, van a iniciar una carrera o una formación profesional, y, por tanto, siguen siendo dependientes de los padres.

Lo difícil es determinar en qué momento un hijo o una hija va a ser independiente económicamente.

NO son independientes por el hecho de tener unos ingresos puntuales, como puede ser dar clases particulares o un fin de semana en un bar para sacarse un dinero extra.

Y la Jurisprudencia viene considerando que tampoco lo son si tienen un empleo con un sueldo por debajo del SMI, lo que ocurre con muchos jóvenes cuando empiezan a trabajar.

La situación del mercado laboral, la alta tasa de paro y la dificultad para encontrar empleo son circunstancias que muchos jueces valoran y tienen en cuenta a la hora de prolongar la pensión de alimentos de los hijos.

Sin embargo, si empiezan a trabajar y obtienen un sueldo suficiente para poder vivir por su cuenta, entonces se considera que ya han alcanzado la independencia económica.

El caso de los “ninis” y la pensión de alimentos

Todos hemos escuchado el término “nini”, que se refiere a los jóvenes que ni estudian ni trabajan, es decir, que no hacen nada.

En este grupo entran los hijos en distintas situaciones:

  • Los que han terminado los estudios, pero no quieren trabajar.
  • Los que no acaban esos estudios por dejadez o falta de ganas.
  • Los que están en edad laboral y no hay causa ni motivo que les impida trabajar.

 

En estos casos la cosa cambia y el Juez puede decretar el cese de la pensión de alimentos.

El motivo es claro: los padres no pueden seguir manteniendo hijos que se acomodan a una vida fácil y no quieren cambiar su situación, optando por “vivir de sus padres” de forma indefinida.

Por tanto, el Juez determinará que tu obligación de pago de la pensión alimenticia termina cuando:

➡️ Tu hijo o hija puede vivir por su cuenta al obtener independencia económica.

➡️ Tu hijo o hija no estudia ni trabaja sin que haya causa o motivo, bien por dejadez, por falta de interés o por mala conducta.

Resumiendo, en estas situaciones lo que se busca es conseguir un cierto equilibrio entre atender a los hijos mayores de edad que necesitan todavía ayuda y no dejar que vivan de forma fácil y sin esforzarse sabiendo que tienen la ayuda de la pensión alimenticia.

Insistimos en que cada caso es distinto y hay que valorarlo siempre con ayuda de un abogado de familia.

Algunos ejemplos sobre dejar de pagar la pensión alimenticia

En todos los años que llevamos tramitando temas de familia relacionados con la pensión de alimentos hemos visto diversas situaciones que suelen provocar dudas sobre hasta cuándo pagar esta prestación a los hijos.

Estos son algunos ejemplos donde puedes pedir que se extinga tu obligación de pagar la pensión:

  • El hijo que trabaja, pero abandona de forma voluntaria los empleos y no los conserva.
  • El que hace entrevistas de trabajo, pero luego los rechaza cuando le escogen.
  • El hijo que voluntariamente deja los estudios para no hacer nada.


Y estos son otros ejemplos donde el Juez podría prorrogar tu obligación de abonar la pensión:

  • El hijo que está preparando una oposición, que lógicamente le va a llevar varios años de estudio donde no puede distraerse ni buscar empleo.
  • El hijo cuyos estudios se alargan por sus especiales características, como puede ser si estudia la carrera de medicina y luego el MIR.
  • El hijo que tiene que ayudar económicamente en casa y para ello hace trabajos puntuales para aportar un dinero que le restan tiempo para el estudio.
  • El hijo que estudia la carrera en una Universidad fuera de casa, pero vuelve a ella los fines de semana y vacaciones (aquí no se entiende que el hijo haya salido del domicilio familiar).


Recuerda, no obstante, que ambos progenitores podéis también llegar a un entendimiento sobre cuando poner fin al pago de la pensión alimenticia.

¿Qué hacen los Jueces?

Pues todo depende, como siempre, de cada situación familiar particular.

Hay sentencias donde el Juez deniega la pensión alimenticia a hijos mayores de 25 años que han acabado sus estudios universitarios por entender que si la conceden van a favorecer una vida fácil y sin interés por conseguir trabajo.

Otros jueces han mantenido el pago de la pensión a hijos mayores de 25 años con la carrera acabada que están en paro y no consiguen empleo para vivir por su cuenta.

La Audiencia Provincial de Asturias anuló por sentencia una pensión de alimentos que un padre pagaba a un hijo “nini” de 21 años que no estudiaba ni trabajaba.

Y la Audiencia Provincial de Pontevedra hizo lo mismo con un hijo que había abandonado sus estudios sin acabar la ESO, no hacía ninguna formación ni buscaba trabajo y nada le impedía acceder al mercado laboral.

Con esto queremos insistir en que cada situación es distinta, y es muy importante valorar las circunstancias de cada caso con ayuda legal muy especializada.

Qué hacer para dejar de pagar pensión de alimentos a un hijo mayor de edad

Imagina que eres el progenitor que está pasando pensión alimenticia y consideras que no tienes ya la obligación de hacerlo.

¿Cómo debes actuar?

➡️ Primero, NUNCA dejar de pagar la pensión de forma unilateral y por tu cuenta.

➡️ Segundo, para solicitarlo tienes que acudir al Juzgado y solicitar un procedimiento judicial de modificación de medidas sobre la pensión de alimentos.

En este caso, lo que pides al Juez es que acuerde el cese del pago de dicha pensión, y para ello es necesario:

➯ Que haya surgido algún cambio o modificación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta cuando el Juez determinó en su día la pensión alimenticia en el divorcio o separación.

➯ Que estas circunstancias son posteriores a la sentencia de divorcio (por ejemplo, tu hijo o hija ha alcanzado la edad de 25 años y no estudia ni trabaja).

➯ Que puedas acreditar este cambio de circunstancias:

  • Si tu hijo o hija ya está trabajando y es independiente económicamente deberás demostrarlo.
  • Si tu hijo o hija no estudia y tampoco trabaja, y todo se debe a su apatía, falta de interés, vagancia y dejadez, también tendrás que probarlo.

 

Estos procesos judiciales requieren siempre la asistencia legal de un abogado experto en familia que te orientará sobre tu obligación o no de pago de la pensión alimenticia, qué necesitas y cómo se tramita.

¿No sabes hasta cuándo debes pagar pensión de alimentos en tu caso concreto y quieres asesorarte?

En BASA Abogados, como abogados de familia en Madrid, queremos conocer tu historia y ayudarte.

Puedes dejarnos tu consulta y resolveremos tus dudas sin compromiso.

Primera consulta gratuita.

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