Abogados Herencias, Familia e Inmobiliario Madrid

Custodia compartida en lactantes: cuándo es viable y cómo lo deciden los jueces

Las dudas sobre la posibilidad de pedir una custodia compartida con hijos lactantes es una de las consultas más habituales a los abogados de familia.

En los últimos años se ha producido un aumento significativo de este tipo de separaciones o divorcios.

La custodia compartida sigue siendo el criterio más adecuado para que ambos progenitores compartan un tiempo similar con los hijos menores.

Pero la cosa cambia cuando son lactantes, una etapa del bebe con un vínculo especial del menor mantiene con su madre, quien le alimenta.

En este artículo despejamos la duda sobre si es posible una custodia compartida con lactantes, si bien siempre insistimos en que cada familia es diferente, siendo muy importante tener la ayuda legal de abogados de familia.

custodia compartida en lactabtes

El régimen de custodia compartida es el que se está implementando con más fuerza por nuestros Jueces de Familia.

Teniendo siempre en cuenta el interés del menor, este sistema permite a los progenitores compartir el cuidado y el tiempo de convivencia con los hijos de la misma forma.

Al margen de los tipos de custodia compartida que pueden determinarse, están demostrados los beneficios de este régimen tanto para padres como para los hijos.

Los progenitores se implican por igual en su cuidado y participan de forma activa en su día a día.

Para los hijos menores supone poder relacionarse igual con ambos, acusando mucho menos los efectos traumáticos de la ruptura.

Pero… ¿qué ocurre cuando los hijos son bebés lactantes?

Lo primero a tener en cuenta es que el Juez siempre va a valorar las circunstancias de los padres y de los hijos para decidir sobre la custodia compartida, salvo que ambos progenitores estén de acuerdo en optar por este régimen.

La edad que tengan los pequeños de la casa es uno de los puntos básicos que el Juez de familia va a tener en cuenta en estos casos.

Y en este sentido el punto de referencia son los 2 años de edad.

Antes de esa edad los pediatras consideran que los bebés son lactantes al margen de que estén alimentándose o no con leche materna.

Por otro lado, se tiene en cuenta los consejos de la Organización Mundial de la Salud sobre la alimentación en esos dos primeros años.

Este Organismo aconseja mantener la lactancia materna en los primeros 6 meses de la vida del bebé y luego ir poco a poco alternando con otros alimentos hasta los 2 años.

¿Es posible que un Juez de Familia conceda una custodia compartida si el bebé es menor de dos años?

La respuesta general es que no suele concederse si el bebé tiene menos de 2 años, porque los jueces de familia tienen muy en cuenta los consejos sobre alimentación y lactancia de la OMS.

Ahora bien, esto sólo es en el caso que ambos progenitores no se pongan de acuerdo, en cuyo caso el Juez de familia suele optar por la custodia materna hasta esa edad.

Se valora la lactancia materna, que crea una dependencia natural entre madre e hijo impidiendo que ambos puedan separarse de manera prolongada, al menos los 6 primeros meses de vida.

También se tiene en cuenta el vínculo emocional tan estrecho que se crea entre madre e hijo en esa primera etapa de su vida.

Cuando el padre y la madre llegan a un consenso y optan por el divorcio de mutuo acuerdo pueden acordar un régimen de custodia compartida al margen de la edad del menor.

La Ley no establece en caso de estar ambos de acuerdo un sistema cerrado para repartirse el tiempo con el bebé, por lo que ambos pueden decidir cómo organizarse según su situación familiar y sus circunstancias personales.

¿Esto significa que el padre no va a poder ver a su hijo?

 

Ni mucho menos, y tampoco significa que no pueda de ningún modo pedirse una custodia compartida si el menor tiene menos de 2 años y el Juez lo estima procedente.

Pero sí es cierto que en general el tiempo de alternancia va a ser menor cuanto más pequeño sea el bebé.

Más adelante y según va teniendo más edad el régimen de visitas puede ir aumentando para favorecer el contacto del pequeño tanto con el padre como con la madre.

Custodia compartida en lactantes: las ventajas del régimen progresivo

En términos generales es difícil que un Juez de familia conceda la custodia compartida en lactantes menores de dos años, optando por la custodia exclusiva a favor de la madre.

Sin embargo, el padre tiene que pasar tiempo con su hijo, por lo que los jueces suelen determinar el llamado régimen de visitas progresivo.

El sistema incluye visitas más cortas del padre que poco a poco se van ampliando según el menor va cumpliendo meses o años, hasta llegar de forma natural a una custodia compartida.

Este régimen se denomina custodia compartida progresiva, donde primero se concede la custodia exclusiva a la madre, coincidiendo con los primeros meses de vida del bebé y la lactancia materna.

Progresivamente la custodia se va adaptando en función de la edad del menor, de forma que poco a poco evoluciona hasta convertirse en una custodia compartida.

Durante el tiempo de custodia exclusiva de la madre el padre tiene un régimen de visitas adaptado a la situación del bebé, que al principio es de menos tiempo y luego se va ampliando.

No hay una edad concreta para pasar de la custodia progresiva a la compartida, depende del caso, pero teniendo como referencia normalmente los 2-3 años de edad.

Es fundamental determinar bien qué condiciones va a conllevar este sistema y cómo debe cumplirse por ambos progenitores para alcanzar cuando llegue el momento la custodia compartida normal.

Es importante tener en cuenta que, aunque este es el criterio más utilizado por nuestros Tribunales, cada familia es diferente.

Por eso el Juez de familia siempre va a valorar las circunstancias personales de cada caso en particular, y siempre teniendo como referencia el interés del menor, a quien debe protegerse siempre.

La lactancia materna no es un “arma” para impedir al padre estar con su hijo

Los abogados de familia vemos cómo en ocasiones la madre quiere utilizar la lactancia materna como excusa para tratar de evitar que se adopte un régimen de custodia compartida.

En la inmensa mayoría de casos el bebé empieza a compaginar la alimentación leche materna y otros alimentos desde los 6 meses.

Lo mismo ocurre cuando la madre vuelve a trabajar, momento es que se adoptan otras medidas, como es la extracción de la leche materna, el biberón y la incorporación de otros alimentos progresivamente.

Por eso nunca debe utilizarse la excusa de la lactancia materna para impedir al padre tener relación con su hijo, y mucho menos cuando el menor tiene ya una cierta edad.

La mayoría de padres quieren mantener el vínculo con sus hijos desde bien pequeños, y muchos de ellos se implican en su cuidado del día a día desde que nacen.

Por eso el régimen progresivo es la mejor solución para no privarles de su derecho a estar con el bebé y participar activamente en cada vez más tiempo en su vida.    

Así lo determinan nuestros Tribunales, siendo favorables a pasar de la custodia exclusiva para la madre en los primeros meses de vida del menor a la compartida a partir de los 2 años.

Recuerda: no hay dos familias iguales, y por eso es muy importante valorar la situación personal, laboral y familiar de los progenitores y del bebé.

Si necesitas ayuda en tu divorcio y quieres resolver tus dudas sobre una custodia compartida en lactantes, como abogados de familia en Madrid podemos asesorarte.

Cuéntanos aquí qué necesitas saber y resuelve tus preguntas sin compromiso con nosotros.

Primera consulta gratuita.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.