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¿Qué pasa si los padres divorciados no se ponen de acuerdo en el colegio de los hijos?

Cuando los progenitores divorciados no se ponen de acuerdo en el colegio de sus hijos será necesario acudir a la mediación o a un procedimiento judicial para que decida un Juez.

Esto es así porque decidir el colegio donde estudien vuestros hijos es una elección que necesita que ambos progenitores estéis de acuerdo.

Por encima de todo el Juez valorará siempre el interés superior del menor.

Como abogados de familia siempre insistimos en que si existe desacuerdo sobre el colegio o cualquier otra cuestión relativa a los hijos es muy importante buscar el asesoramiento legal especializado.

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No es la primera vez que en un divorcio con hijos en edad escolar los progenitores entran en conflicto a la hora de elegir el colegio donde van a estudiar.

Las decisiones de los padres sobre este tema entran dentro de lo que supone el ejercicio de la patria potestad, que habitualmente recae en ambos progenitores.

Sin embargo, en muchas ocasiones el progenitor que tiene atribuida la custodia de los hijos cree erróneamente que esto supone poder decidir por su cuenta el centro educativo de los hijos.

Pues bien, al tratarse de un tema relacionado con el ejercicio de la patria potestad, una decisión tan importante como elegir el centro escolar no puede tomarse de forma unilateral por el progenitor que ostenta la custodia.

Esto supone que ambos progenitores deben llegar a un acuerdo para decidir en qué colegio quieren que estudien sus hijos.

No olvides que la patria potestad se ejerce de forma compartida entre ambos salvo excepciones muy específicas cuando se da alguno de los motivos para la pérdida de la patria potestad a uno de los cónyuges.

Por tanto, cualquier decisión importante que afecte a la vida de los menores debe ser consensuada entre los dos.

Y en este punto llegan problemas como estos:

“No nos ponemos de acuerdo sobre el colegio para que estudien los niños”

“Mi ex se marcha a vivir a otra ciudad o país y quiere llevarse al niño”

“Yo quiero una educación laica para mi hijo y mi ex quiere que sea religiosa”

Es cierto que en un divorcio de mutuo acuerdo con hijos los cónyuges suelen tener mejor relación, y puede ser más fácil alcanzar una solución consensuada.

Pero si no es así… ¿cómo decidir el colegio para que estudien los menores?

Los puntos básicos que debes tener en cuenta son:

  • Aunque tengas la guarda y custodia de los niños, decidir el centro escolar donde cursen estudios o un cambio de colegio debe consensuarse entre ambos progenitores, en el ejercicio conjunto de la patria potestad.
  • Es importantísimo que ambos mantengáis una buena comunicación y actitud dialogante para intentar llegar a un acuerdo.
  • Si no es posible el consenso entre ambos tendrá que ser un Juez quien resuelva el conflicto decidiendo la mejor solución para los hijos y teniendo en cuenta siempre su interés y protección.
  • Si el hijo tiene más de 12 años su opinión también será tenida en cuenta por el Juez.

 

Así lo indica el artículo 156 del Código Civil, si bien es importante destacar que el Juez no decide a qué colegio van a ir los menores, sino quién de los progenitores va a tener que tomar la decisión si hay desacuerdo.

Nuestra recomendación es no demorar el acudir al Juzgado si ves que no va a ser posible llegar a un acuerdo con tu ex, para evitar problemas con los plazos para matricular a los niños.

¿Qué hacer si los padres divorciados no llegan a un acuerdo sobre el colegio de los hijos?

Cuando los hijos llevan años yendo al mismo centro escolar y éste fue consensuado por los padres en su día, los jueces no suelen ser partidarios de hacer cambios.

Siempre insistimos en lo importante que es tratar siempre de llegar a una solución amistosa por acuerdo para evitar tener que acudir al Juzgado.

Sin embargo, los abogados de divorcio sabemos que no siempre es posible, y cuando el desacuerdo se mantiene es imprescindible recurrir a la vía judicial.

El proceso legal sigue los siguientes pasos:

  • Hay que solicitar al Juez la atribución de la patria potestad para elegir el colegio de los menores, exponiendo los motivos concretos y pruebas que justifican la petición.
  • El Juzgado competente es el correspondiente al domicilio de los hijos o al que emitió en su momento la sentencia de divorcio o separación.
  • Se da traslado de la solicitud al otro progenitor.
  • Se celebra una vista donde hay que probar que fue imposible alcanzar un acuerdo y exponer por qué es mejor el cambio de centro escolar, defendiendo cada parte la opción que proponga.
  • Si el hijo tiene más de 12 años su opinión cuenta y se le va a preguntar, valorando siempre el Juez el interés superior del menor.
  • Después el Juez decide quién de los progenitores tendrá la decisión final sobre el cambio del colegio.

Criterios que tiene en cuenta el juez para decidir el colegio de los hijos

Cada caso se estudia de forma personalizada porque las circunstancias de cada familia son diferentes.

No obstante, la Jurisprudencia viene teniendo en cuenta una serie de criterios habituales a valorar, como son los siguientes:

  • Tipo de centro escolar (si es público, privado o concertado).
  • Si el proyecto educativo del centro propuesto está en línea con la educación recibida hasta el momento por los menores.
  • Cómo ha sido hasta el momento el rendimiento escolar del menor y si está integrado en el colegio actual, para valorar si el cambio de centro puede afectarle más o menos.
  • La distancia al domicilio de los progenitores, y si puede o no afectar a la organización y logística del día a día, incluyendo si perjudica o no al régimen de visitas.
  • Los horarios del colegio y los servicios que ofrezca (comedor, transporte, instalaciones) para cubrir las necesidades de los hijos y favorecer su desarrollo emocional y educativo.
  • La capacidad económica de ambos progenitores, y si disponen de medios para sufragar, por ejemplo, un colegio privado, o hay que valorar un colegio público, o en qué proporción deben contribuir cada uno a pagar los costes del centro.
  • El que todos los hermanos tengan las mismas oportunidades educativas y un mismo entorno para aprender y desarrollarse emocional y educativamente.
  • La opinión de los menores si tienen más de 12 años, cuyos deseos se tendrán en cuenta también por el Juez a la hora de decidir.

 

Por encima de todo lo anterior los jueces van a proteger el interés superior de los hijos menores, y cómo afecta la decisión a su desarrollo intelectual y emocional, más allá del interés de los progenitores.

Quédate con estas ideas básicas:

  • Hay que intentar siempre ponerse de acuerdo para elegir el centro escolar de los hijos pensando siempre en lo mejor para ellos.
  • Cuando veas que no va a ser posible actúa con rapidez porque el Juzgado tramita de manera urgente este tipo de solicitudes, pero puede tardar y hay que tener en cuenta los plazos de matriculación en el centro escolar.
  • No puedes decidir de forma unilateral el cambio de colegio, aunque tengas atribuida la guarda y custodia de vuestros hijos, dado que esta decisión se incluye dentro de las atribuciones de la patria potestad, que es de los dos (salvo excepciones).
  • La situación de cada familia es diferente, por eso hay que tener en cuenta los criterios habituales que manejan los jueces de familia para tomar la decisión.

 

Como abogados de familia en Madrid conocemos a fondo este tipo de conflictos y sabemos la importancia de tener asesoramiento legal buscando siempre tomar la mejor decisión para el interés de los hijos.

Si tienes dudas y quieres cambiar a tus hijos de colegio o lo quiere tu ex pareja, llámanos o déjanos aquí tu consulta para una valoración gratuita y sin compromiso.

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