Cada vez más a menudo estamos recibiendo consultas en el despacho sobre los beneficios de hacer una donación en vida.
✓ ¿Es mejor hacer una donación o dejar los bienes en herencia?
✓ ¿En qué te favorece y en qué te perjudica?
✓ ¿Qué ocurre con los impuestos?
Como abogados expertos en herencias siempre decimos que decidirse por donación o por herencia depende de cada caso concreto.
Pese a que en España se sigue utilizando más la opción de la herencia, no siempre es la más conveniente.
Vamos a explicarte los beneficios de hacer una donación en vida de forma sencilla, y te recomendamos que, como cada caso es diferente, busques siempre asesoramiento legal.
Si tienes dudas en tu situación, en BASA Abogados podemos ayudarte a despejarlas para que tomes la decisión más conveniente.
Índice de contenidos
ToggleHacer una donación en vida: ¿qué es y en qué consiste?
De forma sencilla podemos decir que la donación es como si fuera un regalo, que tú haces de unos bienes que son tuyos a otra persona de forma gratuita.
Si nos vamos al Código Civil, su artículo 618 recoge el concepto de donación indicando que es un acto de liberalidad que realiza una persona por el que dispone de una cosa a favor de otra, que la acepta.
Es imprescindible que la persona que reciba la donación (llamada donatario) la acepte.
Ahora bien, es importante saber que el “regalo” de una donación tiene también algunas desventajas que luego veremos.
¿Qué características tiene la donación?
- Es una actuación gratuita, es decir, no hay contraprestación de ningún tipo a cambio de hacer la donación.
- Se trata de un acto dispositivo, es decir, que la persona que recibe el bien donado puede disponer de él.
¿Quién puede hacer una donación en vida y quién puede recibirla?
Puedes hacer una donación en vida a personas físicas, que no tienen que ser de tu familia necesariamente, y a personas jurídicas, por ejemplo, una ONG o una Fundación sin ánimo de lucro.
El único límite necesario es que la persona que reciba la donación no puede estar incapacitada legalmente por un Juez.
En cuanto a los bienes que se pueden donar, podrían ser muebles o inmuebles, y tantos bienes como quiera el donante, pero con la limitación de reservarse lo mínimo necesario para vivir en condiciones dignas (Artículo 634 del Código Civil).
Los beneficios de hacer una donación en vida
La donación en vida tiene ventajas, pero también algunos inconvenientes.
Vamos con los beneficios o ventajas principales:
➡️ Evitar los conflictos entre herederos a la hora de repartir la herencia.
En casi todas las herencias hay discrepancias y discusión entre los herederos.
Una forma de evitarlos en no esperar al fallecimiento para repartir los bienes, sobre todo si tienes claro cómo los vas a repartir, lo que ocurre con mucha frecuencia cuando los padres no tienen dudas sobre qué bienes van a dejar a cada uno de sus hijos.
En estos casos la donación en vida, además de evitar conflictos, permite ver cómo disfrutan de esos bienes las personas a quienes has decidido dejárselos.
En el caso de donaciones de padres a hijos, es habitual que los padres hagan la donación en vida, pero con ciertas condiciones, por ejemplo, donar a los hijos un inmueble, pero quedándose con el usufructo mientras vivan.
➡️ Ayudar a los seres queridos cuando lo necesitan
La crisis económica, la pandemia que hemos vivido y los problemas de la gente joven para encontrar trabajos y sueldos dignos para independizarse y vivir por su cuenta ha provocado un aumento de las donaciones en vida.
Lo más habitual es el caso de padres que ayudan a sus hijos bien con dinero, bien con un piso o vivienda, o con cualquier otro bien que les permita resolver sus problemas económicos.
Esta es una ventaja de la donación respecto de la herencia: la primera puede hacerse en cualquier momento, sin embargo, en la herencia hay que esperar al fallecimiento para que los herederos puedan recibir los bienes heredados.
➡️ Con la donación puedes imponer un plazo o condición al donatario
Imagina que decides hacer una donación en vida, pero sometida a que se cumpla por parte de la persona que la recibe una condición o un determinado plazo, por ejemplo:
- Decides donar en vida un bien a un hijo con un plazo: que lo reciba cuando acabe la carrera.
- Decides donar en vida un bien a un hijo con una condición: que lo reciba cuando contraiga matrimonio.
Estos casos son donaciones, pero sujetas a que se cumplan las circunstancias que decidas (un plazo o una condición).
➡️ Puedes reservarte la facultad de disponer de parte de lo donado o reservarte el usufructoP
Como donante, te puedes reservar la opción de disponer de alguno de los bienes donados, pero no sobre todos.
Imagina que tienes unas viñas junto con una casa de campo y decides donarlo a tu hija, pero te reservas la facultad de disponer de las viñas.
Mientras no utilices esa facultad, tu hija puede disfrutar esas viñas, y a tu fallecimiento, la plena titularidad de las viñas pasará a tu hija.
También podrías quedarte con el usufructo del bien que vas a donar y transmitir la nuda propiedad al donatario.
En este caso el donatario no puede transmitir la propiedad, ni venderla, ni hipotecarla, hasta que el donante fallezca, momento en que adquiere el pleno dominio de ese bien.
Por ejemplo, unos padres quieren donar a sus hijos una casa, pero se reservan el usufructo vitalicio para vivir en ella hasta su fallecimiento, o alquilarla si lo desean, pero No podrían venderla.
➡️ Es posible recuperar la propiedad de lo que has donado
La Ley denomina a esta opción “pacto de reversión de la donación”.
Significa, de forma sencilla, que puedes volver a adquirir lo que has donado cuando termine el plazo que hayas establecido o se cumpla la condición que hayas puesto.
Por ejemplo, has decidido donar a tu hijo una finca y estipulas que si pasan 10 años o si tu hijo fallece recuperas la propiedad.
¿Puede revocarse una donación?
La respuesta es SÍ, por las causas establecidas en el Código Civil:
➡️ Primera, a causa de la “ingratitud” de la persona que recibe la cosa donada, porque:
- Bien comete algún Delito contra la persona o bienes del donante.
- Bien le acusa de un delito que lleve a un procedimiento de oficio o de acusación pública.
- Bien no da alimentos al donante teniendo obligación de hacerlo.
➡️ Segunda, por nacimiento de hijos del donante, que puede ser:
- Que tenga hijos después de haber hecho la donación.
- Que un hijo que creía fallecido cuando hizo la donación resulta que está vivo.
➡️ Tercero, porque el donatario incumple alguna de las obligaciones impuestas por el donante
Si voluntariamente la persona que recibe la donación incumple alguna de las condiciones o de cargas impuestas por el donante en su momento, éste puede revocar la donación.
¿Tiene alguna desventaja hacer una donación en vida?
Ya conoces los beneficios de la donación en vida, pero…
¿Hay desventajas?
Pues SÍ, las hay, y conviene que las conozcas para valorar mejor si prefieres optar por la herencia o por la donación, aunque es recomendable que te ayude siempre un abogado especialista en herencias.
Estas son los principales “peros” de una donación en vida:
✓ Primero, los impuestos que hay que pagar
La donación en vida cuesta dinero tanto al donante como al donatario en forma de impuestos, salvo que el destinatario de la donación sea una ONG, que no tiene obligación de tributar por recibir donaciones.
¿Qué impuestos paga quien recibe la donación (donatario)?
- El Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que en cada Comunidad Autónoma tiene su propia regulación.
- El Impuesto de Plusvalía, si lo que recibe como donación es un bien inmueble urbano.
¿Qué impuestos paga el donante?
Tiene que declarar la donación en su Renta (a diferencia de las herencias que están exentas de tributar en el IRPF).
Las únicas excepciones a esto último son que hayas donado dinero o que se trate de tu vivienda habitual y tengas más de 65 años.
✓ Segundo, que la donación provoque conflictos en la familia
Si los bienes que has donado no pueden repartirse de forma equitativa entre tus hijos, ello puede generar una discusión familiar que derive en conflicto judicial.
✓ Tercero, que en general, a nivel fiscal las herencias tienen un régimen más favorable
Por eso no conviene precipitarse, y analizar todas las opciones antes de decidirte por la opción herencia o por la donación, ayudándote de un abogado especialista en testamentos y herencias que también sepa de fiscalidad y te ayude a valorar la opción más rentable.
El peligro de hacer una donación en vida para evitar posibles embargos
Una opción muy peligrosa con consecuencias penales es donar una parte de tus bienes para que tus acreedores no puedan embargarlos y quedarse con ellos si no puedes pagar tus deudas.
Si como donante haces esto, estarías cometiendo un Delito de alzamiento de bienes, recogido en el Código Penal, porque estás ocultando o haciendo desaparecer uno o varios bienes a través de la donación en vida.
No solo te expones a penas de prisión, sino que además puedes involucrar a los donatarios como cómplices del delito, con la responsabilidad penal que conlleve.
Llegados a este punto… ¿Herencia o donación en vida?
Nuestra recomendación es valorar bien ambas opciones y ver qué conviene más en tus circunstancias, ya que no hay dos casos iguales.
Tienes que tener en cuenta, por un lado, los impuestos a pagar y qué te sale mejor económicamente.
También debes pensar que, si optas por testamento y herencia, hasta tu fallecimiento tus herederos no pueden disponer de tus bienes, mientras que la donación en vida puedes hacerla en cualquier momento.
¿Te han quedado dudas? ¿Estás pensando hacer una donación en vida y quieres valorar todas las opciones?
Somos BASA y podemos ayudarte como abogados expertos en herencias en Madrid.
Te invitamos a contactar gratis aquí con nosotros para contarnos tu historia y recibir un primer asesoramiento sin compromiso. Tus abogados de confianza.



