Abogados Herencias, Familia e Inmobiliario Madrid

Usufructo vitalicio en la herencia: en qué consiste y cómo se calcula

El usufructo vitalicio de la herencia es uno de los conceptos que más dudas genera en los procesos hereditarios.

Se trata de un término que a menudo no se entiende o los herederos no saben en qué consiste y cómo les afecta.

Sin embargo, en la casi totalidad de las herencias la palabra “usufructo” aparece de una u otra forma.

Vamos a aclarar de forma fácil los conceptos básicos relacionados con el usufructo y las características del usufructo vitalicio en la herencia, que te afectan como heredero.

Recuerda que las herencias son procesos muy complejos, por eso es imprescindible asesorarte legalmente con abogados de herencias que te ayuden en todo el proceso para evitar errores y conflictos hereditarios.

usufructo vitalicio en la herencia

La palabra “usufructo” significa, de forma sencilla, que tienes derecho a usar y disfrutar un bien determinado sin ser su propietario.

Dicho de otro modo, es un derecho recogido en los artículos 467 del Código Civil y siguientes que te permite disfrutar un bien ajeno, con la obligación de cuidarlo y conservarlo, pero sin convertirte en propietario del mismo.

Por ejemplo, si eres usufructuario de una casa puedes disfrutarla, incluso alquilarla, pero no la puedes vender, porque no es tuya.

El concepto legal de usufructo se utiliza habitualmente en el ámbito de las herencias: la persona que hace testamento deja un bien a otra (normalmente su cónyuge) para disfrutarlo, aunque la propiedad sea de otras personas (que suelen ser los hijos o nietos).

La persona que disfruta del bien se denomina usufructuario, mientras que quien ostenta la propiedad se llama nudo propietario.

¿Qué tipo de bienes suelen dejarse en usufructo en una herencia?

Lo más normal es dejar en usufructo en una herencia bienes inmuebles: un piso, una casa, una finca o cualquier otro tipo de propiedad.

La situación más habitual en los matrimonios es dejar a favor del cónyuge viudo el usufructo vitalicio de la vivienda familiar, evitando así que los hijos del fallecido pudieran echar al cónyuge viudo de la vivienda.

En algunas ocasiones se deja el usufructo de las acciones o participaciones de una sociedad mercantil, de forma que el usufructuario percibe los beneficios que generan esas acciones, pero no ostenta su propiedad.

Tipos de usufructo en la herencia

En una herencia podemos distinguir varios tipos de usufructo: el voluntario y el legal, y por otro lado diferenciamos entre el temporal y el vitalicio.

Primero, según obligue o no la Ley a que exista el usufructo hay dos modalidades:

Usufructo legal:

Es el que se determina porque hay una Ley que obliga a su existencia, y en nuestro Ordenamiento Jurídico solo hay uno, que es el usufructo legal del cónyuge viudo, llamado también usufructo viudal.

El usufructo viudal significa que el cónyuge viudo no separado legalmente tiene derecho a recibir como legítima una parte de la herencia de su esposo o su esposa, según el caso.

Usufructo voluntario

Como su nombre indica, es el que se hace de manera libre y voluntaria por el testador en el testamento a favor de alguien en concreto.

El usufructuario puede disfrutar y usar esos bienes, pero debe conservarlos y no puede venderlos ni disponer de ellos.

Segundo, según la duración del usufructo distinguimos:

Usufructo temporal

Se establece para un tiempo concreto y determinado por el testador.

Un ejemplo clásico es dejar el usufructo de una finca en explotación durante X años, y en esos años el usufructuario puede explotarla y disfrutarla.

También puede el testador establecer una duración condicionada a que se cumpla una condición concreta.

Usufructo vitalicio

Se establece a favor de alguien para toda la vida, de tal forma que solo se extingue a la muerte del usufructuario.

Esta modalidad es muy habitual en las herencias con testamento, donde se deja el usufructo de los bienes al cónyuge viudo que puede disfrutar de ellos hasta su fallecimiento.

Especial referencia al usufructo universal y vitalicio

Entre los tipos de usufructo destaca uno especial, que es el universal vitalicio, conocido también como “usufructo viudal”.

Se trata de un derecho del cónyuge viudo regulado en el Código Civil que le corresponde al morir su esposo o esposa en concepto de legítima.

De esta forma, el cónyuge viudo recibe una parte de la herencia, igual que el resto de herederos, pero con la diferencia de heredar en usufructo, no en propiedad.

Como límite, el cónyuge viudo no recibe el usufructo viudal en caso de estar separado de hecho o legalmente en el momento del fallecimiento de su marido o su mujer.

Quitando esta excepción una persona viuda siempre tendrá derecho a percibir su legítima, cuyo porcentaje varía según los herederos que concurran a la herencia, correspondiéndole:

➡️ El usufructo del tercio de mejora en el caso de que haya hijos o descendientes.

➡️ El usufructo de la mitad de la herencia, cuando no existen hijos, pero sí hay ascendientes.

➡️ El usufructo de los dos tercios de la herencia, cuando no hay ni descendientes ni ascendientes.

OJO porque puede haber variaciones en el usufructo viudal según la Comunidad Autónoma, lo que debes tener en cuenta si vives en una CCAA con Derecho Foral.

Recuerda que el usufructo viudal es vitalicio obligatoriamente y que el cónyuge viudo no pierde este derecho, aunque vuelva a casarse de nuevo.

La llamada “cautela socini” y su relación con el usufructo vitalicio en la herencia

Posiblemente este término legal te suene raro, pero es una cláusula testamentaria que se utiliza en los testamentos más que lo que piensas.

El término se conoce también como cláusula socini o cautela sociniana, y pese a no estar regulada de forma expresa en el Código Civil su validez ha sido declarada en varias sentencias por el Tribunal Supremo.

En el ámbito testamentario esta cláusula tiene como objetivo conseguir que los demás herederos respeten el usufructo universal y vitalicio del cónyuge viudo, y a cambio se les “compensa” atribuyéndoles más de lo que les corresponde por la legítima.

Dicho de otra forma, es una manera de establecer en el testamento una condición para los herederos forzosos, que si cumplen les permite recibir una parte de la herencia superior a la que les toca por Ley.

La cautela socini puede ser utilizada por la persona que va a hacer testamento de varias formas:

➡️  Primero, sirve para evitar que los herederos acudan a los Tribunales si no están de acuerdo con el reparto de la herencia.

¿Cómo te afectaría si eres heredero o legatario?

  • Si no discutes la herencia ni acudes a los tribunales recibes mediante esta cláusula una cantidad de herencia superior a la que te corresponde por Ley.

  • Pero si no estás conforme y decides recurrir a la vía judicial, tu participación en la herencia se reduciría solo a la legítima estricta.

 

➡️  Segundo, sirve para extender el usufructo viudal, es decir, el usufructo universal y vitalicio de todos los bienes que forman la herencia.

El testador aplica en este caso la cautela socini así:

➯ Por un lado, va a dejar al cónyuge viudo el usufructo universal y vitalicio de toda la herencia para que disfrute de la totalidad del patrimonio mientras viva.

➯ Por otro, para que el resto de herederos (los hijos, principalmente) respeten esta decisión, les deja más herencia de lo que les toca por Ley, que es la legítima.

De este modo pueden ocurrir tres cosas:

✔ Si los hijos cumplen la voluntad del testador y aceptan el usufructo vitalicio sin impugnarlo, tendrán la nuda propiedad de todos los bienes de la herencia (no sólo la legítima) y cuando el cónyuge viudo fallezca adquieren el pleno dominio de esos bienes.

✔ Si alguno de los hijos no está conforme y recurre la cláusula socini sólo recibirá la legítima estricta, y el resto de su parte pasa a los demás hijos que han respetado la voluntad del testador.

✔ Si todos los hijos muestran disconformidad y no respetan el usufructo universal y vitalicio a favor del cónyuge viudo sólo van a percibir la legítima estricta.

Vamos con un ejemplo:

María y Juan son hermanos, fallece su padre y les deja la totalidad de la herencia a cambio de que respeten el usufructo universal y vitalicio a favor de su viuda.

María respeta la voluntad de su padre, pero Juan no está conforme y decide impugnar la herencia.

Pues bien, Juan ya no va a heredar la propiedad de la mitad de la herencia como María, sino sólo su parte de la legítima estricta.

En cambio, María hereda su parte de la legítima, y también la propiedad del tercio de mejora y de libre disposición, porque ha respetado la voluntad del testador.

Cómo se calcula el usufructo vitalicio de la herencia

Son muy habituales las consultas sobre el modo de calcular el valor del usufructo vitalicio de la herencia, una operación que tiene cierta complejidad.

Hacer este cálculo es fundamental si el nudo propietario decide vender el bien objeto del usufructo, y también te hace falta calcularlo cuando vayas a pagar el impuesto de sucesiones.

Para hacer el cálculo es preciso distinguir si se trata de un usufructo temporal o vitalicio.

Para calcular de forma sencilla el usufructo vitalicio se utiliza una fórmula que consiste en restar al número 89 la edad del usufructuario, y aplicar el resultado al valor del inmueble en cuestión.

Por ejemplo, imagina que la vivienda sobre la que recae el usufructo vitalicio vale 100.000 euros y el usufructuario tiene 70 años.

El cálculo sería:

89-70 = 19

19% de 100.000 euros = 19.000 euros

OJO porque el valor mínimo del usufructo no puede estar por debajo del 10% ni superar un máximo del 70%.

En cualquier caso, nuestra recomendación como abogados especialistas en herencias es que te asesores legalmente para evitar errores en estos trámites que no son sencillos.

Extinción del usufructo vitalicio de la herencia

Resumiendo, el usufructo vitalicio en una herencia es un concepto muy utilizado y aplicado y conlleva una serie de consecuencias legales que debes comprender bien para saber cómo te afectan.

Calcular el valor del usufructo vitalicio, conocer sus implicaciones fiscales o entender la cautela socini si te la encuentras en un testamento donde figuras como heredero son algunas de las dudas que seguro te van a surgir.

En BASA Abogados siempre insistimos en la complejidad de los procesos hereditarios y la necesidad de tener un buen asesoramiento para evitar problemas.

Como abogados de herencias en Madrid nuestro trabajo consiste en ayudarte a resolver los trámites hereditarios para facilitarte el proceso de heredar.

Te animamos a contactar con nosotros para una consulta sin compromiso donde te daremos toda la información que necesitas.

Primera consulta gratuita.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.