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Indemnización por retraso en entrega de vivienda: cuándo y cómo reclamar

¿Crees que tienes derecho a una indemnización por retraso en la entrega de la vivienda?

Posiblemente la compra de una vivienda sea la decisión económica más importante que tomes en tu vida.

Muchas familias compran sobre plano con el convencimiento de que el plazo de entrega se va a cumplir.

Pero… ¿qué ocurre cuando esa entrega se retrasa?

¿Qué derechos te asisten como comprador?

¿Puedes reclamar una indemnización?

Resolvemos todas tus dudas y recuerda que para asesorarte en estos casos debes consultar con abogados inmobiliarios que te ayuden a defender tus intereses.

indemnización retraso entrega vivienda

El punto clave para tener derecho a reclamar una indemnización en estos supuestos es la fecha concreta para entregarte tu vivienda recogida en el contrato de compraventa.

En la fecha estipulada te harán entrega de las llaves y la casa tiene que estar en perfectas condiciones y con todos los permisos en regla para poder ser habitada.

Es decir, la obligación del promotor no es sólo entregarte la casa físicamente, sino hacerlo cumpliendo también la parte jurídica (permisos, licencias administrativas…).

Esa fecha debe estar estipulada siempre en el contrato de compraventa del inmueble, y si no aparece tienes derecho a exigir al promotor que se incluya en el contrato.

Sin embargo, hay veces que durante el proceso de construcción de las viviendas aparecen circunstancias sobrevenidas que pueden provocar un retraso en su fecha de entrega.

El promotor debe informarte si esto ocurre, y si se demora la entrega puedes como comprador reclamar y solicitar una indemnización porque ha habido un incumplimiento por parte del promotor.

En este sentido, el promotor no puede justificar el retraso por supuestos problemas administrativos o urbanísticos, o alegar que el Ayuntamiento tarda mas de la cuenta en conceder la licencia de primera ocupación.

Es de suponer, y así lo entienden nuestros Tribunales, que son profesionales de la construcción, saben lo que puede ocurrir y deben tenerlo en cuenta cuando establezcan el plazo de entrega de la vivienda en el contrato.

Cuidado con no leer a fondo la “letra pequeña” del contrato de compraventa

En BASA ABOGADOS siempre decimos a nuestros clientes que “lo que no está escrito no existe”.

Siempre insistimos en lo importante que es revisar a fondo el contrato de compraventa, y más cuando vas a hacer una inversión tan importante como es la compra de una casa.

Asegúrate de que aparece de forma muy clara la fecha de entrega de la vivienda, porque no es habitual, pero a veces puede no estar incluida y que no te des cuenta porque no has mirado el contrato con detenimiento.

¿Qué pasaría entonces?

Mucho cuidado porque el Tribunal Supremo mantiene que, si el resto del contrato es válido, no incluir la fecha de entrega no es motivo para declararlo nulo, y no podrías pedir la resolución por este motivo.

Ojo también con los contratos donde la fecha de entrega no está clara o puede provocar confusiones, encontrándote con plazos más largos que te impiden en qué momento concreto te van a entregar la vivienda.

Con esto queremos decir que los contratos de compraventa son fundamentales y debes revisarlos a fondo antes de firmar, asesorándote con abogados expertos en compraventa de viviendas para evitar problemas futuros.

¿Qué opciones tienes si hay retraso en la entrega de la vivienda?

Cuando hay un incumplimiento por el promotor en la entrega de la vivienda el artículo 1124 del Código Civil establece dos posibles opciones:

Solicitar la resolución del contrato de compraventa con la devolución de las cantidades económicas que has entregado más los intereses que correspondan.

Exigir al promotor el cumplimiento, reclamando también una indemnización por los perjuicios sufridos por el retraso, más intereses.

Sin embargo, la Jurisprudencia de nuestros Tribunales defiende que la resolución del contrato puede pedirse siempre y cuando el retraso en la fecha de entrega sea muy grave y te haya ocasionado importantes perjuicios.

En ese sentido debes tener en cuenta que no es lo mismo un retraso de unos pocos meses que un retraso muy importante que infringe las cláusulas del contrato o pone en riesgo la entrega de la vivienda.

En el resto de supuestos suele optarse por la reclamación de una compensación económica que cubra los perjuicios sufridos por el comprador.

Cómo se reclama la indemnización por retraso en la entrega de vivienda

Imagina que no te entregan tu vivienda en el plazo indicado en el contrato y decides asesorarte para reclamar la indemnización que te corresponda por el retraso.

Ante este incumplimiento tienes que acudir al Juzgado interponiendo según lo dispuesto en el artículo 1101 del Código Civil una reclamación de daños y perjuicios por incumplimiento del contrato de compraventa.

En la demanda hay que destacar no sólo que ha habido un incumplimiento por el promotor con la fecha de entrega de la vivienda, sino también que este retraso te ha producido un perjuicio real y concreto.

Qué puede incluir la indemnización solicitada

Para poder pedir una indemnización por el retraso en la entrega de la vivienda debes demostrar que ha existido un perjuicio que te da derecho a reclamar.

Dicho de otro modo, no es suficiente sólo que exista un retraso.

Tienes que acreditar que esa demora te ha causado un perjuicio y que éste se produce por el retraso en la entrega de la vivienda.

La compensación económica estará en función de esos perjuicios que te haya supuesto la demora en la entrega del inmueble, cuya cuantía hay que valorar.

Los conceptos más habituales por los que suele pedirse indemnización son:

Los gastos que te ha supuesto pagar un alquiler extra el tiempo de demora hasta que te han entregado la casa.

Gastos de mudanzas que tenías contratadas, y de alquiler de trasteros y guardamuebles.

Gastos en concepto de contratación de suministros como el agua o la luz.

Los gastos financieros que hayas tenido que asumir por culpa del retraso para hacer frente al pago de la vivienda, como puede ser si tienes que contratar un préstamo puente.

En otras ocasiones lo que se reclama a la promotora cuando el comprador no necesita alquilar otra casa por la demora en la entrega es el llamado valor de uso.

Este valor se calcula atendiendo al importe de un alquiler medio mensual en la misma zona donde se ha comprado la vivienda, que se multiplica por el número de meses de retraso en la entrega del inmueble.

En algunos casos puede valorarse también la reclamación de una indemnización por daño moral, cuando la demora en la entrega ha provocado situaciones de ansiedad o de estrés emocional o psíquico, aunque no es fácil de demostrar.

En resumen:

No hay dos casos iguales y tampoco se sigue un criterio exacto para todos los supuestos, debiendo determinar cada situación en particular teniendo en cuenta el tiempo que ha durado el retraso en la entrega de la vivienda.

El paso previo y fundamental es revisar y analizar a fondo el contrato de compraventa, y si hay alguna cláusula específica o una penalización si se da este supuesto.

Es imprescindible que te asesores legalmente para saber si como comprador tienes derecho a reclamar al promotor por incumplir el contrato, y cómo defender tus intereses.

Como abogados inmobiliarios en Madrid conocemos a fondo los problemas relacionados con la propiedad, compraventas e incumplimiento de contratos, y estamos seguros de poder ayudarte a resolverlos.

Puedes dejarnos tu consulta directa para recibir sin coste ni compromiso una valoración de tu caso y resolver todas tus dudas.

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