¿Has escuchado hablar de reclamar por el cártel de coches, pero no sabes si eres uno de los afectados o en qué consiste esta reclamación?
Si te has comprado un coche nuevo entre los años 2006 y 2013 es muy posible que tengas derecho a recibir una indemnización.
Esto es porque has sido parte perjudicada por un pacto ilegal de precios entre los distintos fabricantes de vehículos que se conoce como cártel de coches.
En este artículo te explicamos qué ocurrió, qué plazos tienes y qué necesitas para hacer esta reclamación y que te paguen la indemnización que te corresponda.
Si quieres asesorarte en BASA Abogados ya hemos ayudado a numerosos perjudicados a reclamar por el cártel de coches y podemos resolver todas tus dudas.
Índice de contenidos
ToggleCuándo y por qué reclamar por el cártel de coches
La historia del conocido como “cártel de coches” se sitúa entre los años 2006 y 2013.
En ese tiempo más de 30 fabricantes de marcas de coches se unieron para intercambiar información confidencial relacionada con la distribución y venta de vehículos para aumentar sus beneficios y controlar el mercado.
Los acuerdos alcanzados por estos fabricantes que integraban más del 90% del mercado de vehículos a motor no sólo iban en contra de la competencia, sino que también perjudicaban a los consumidores que querían adquirir un coche.
Sin embargo, en el año 2015 intervino la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que vino a considerar estos acuerdos como malas prácticas ilegales.
En consecuencia, impuso multas por valor de varios millones de euros a los fabricantes de coches implicados, que decidieron acudir a los Tribunales para intentar eludir el pago de las sanciones.
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha ido ratificando todas las sanciones impuestas a los fabricantes por la CNMC por entender que, efectivamente, dichos acuerdos iban dirigidos a enriquecerse a costa de los consumidores.
A partir de aquí, el Tribunal Supremo ha abierto la puerta a miles de reclamaciones de todos los compradores de vehículos de las marcas integrantes del cártel de coches que los compraron entre febrero de 2006 y agosto de 2013.
Si tú eres uno de esos compradores afectados, puedes reclamar una indemnización que va a depender del valor del coche adquirido, pudiendo rondar en torno al 15% de lo que pagaste por él.
Cómo averiguar si soy una víctima afectada por el cártel de coches
Puedes reclamar no sólo si eres particular, también si eres autónomo o empresa.
Para saber si eres parte perjudicada lo primero es que hayas adquirido un vehículo entre febrero de 2006 y agosto de 2013.
Lo segundo es que sea un coche de alguno de los fabricantes de las marcas que integran el cártel de coches, y para saberlo es importante que te asesores legalmente.
Con ayuda legal podrás saber si tienes derecho a reclamar la indemnización, al haber comprado el coche en ese periodo en el que hiciste un pago mayor que el que te habría correspondido en unas condiciones normales del mercado.
Qué necesitas para reclamar por el cártel de coches
Para hacer tu reclamación vas a tener que demostrar en los Tribunales que compraste un vehículo entre 2006 y 2013, la marca y el precio de compra.
Estos son los documentos que en principio vas a necesitar:
➯ El contrato de compra del coche en el concesionario, que puede haber sido una compraventa, un leasing o un renting.
➯ Si lo compraste, necesitas la factura de compra y el justificante de haberlo pagado al concesionario.
➯ Si fue un renting o un leasing tendrás que aportar el contrato de renting o el documento formalizado con la financiera si fue un leasing.
➯ El permiso de circulación.
➯ La ficha técnica del vehículo que sirve para asegurarnos comprobando sus datos que es uno de los incluidos como afectado por el cártel de coches.
¿Puedo reclamar, aunque no conserve la factura de compra del coche?
En principio necesitas la factura, si bien es posible que no la conserves con el paso de los años.
En ese caso pueden buscarse otras alternativas para acreditar el pago, como puede ser un justificante de la transferencia realizada.
También podrías conservar un recibí emitido por el concesionario donde adquiriste el vehículo que puede servir igualmente.
En definitiva, hay otras opciones para que puedas reclamar que te explicaremos en su momento, aunque no conserves la factura de compra.
¿Tengo derecho a reclamar si compré mi coche de segunda mano?
Esta duda es muy habitual, dado que en nuestro país de adquieren muchos vehículos en el mercado de segunda mano.
De momento no parece viable que se pueda reclamar en estos casos, dado que los Tribunales vienen a entender de momento que quien resulta afectado por el cártel de coches es el comprador inicial del coche.
Dicho de otro modo, los jueces consideran que quien debe reclamar es quien compra en el concesionario directamente el vehículo de alguna de las marcas que forman parte del cártel del coche, no el comprador de segunda mano.
OJO porque la cosa cambia si has adquirido un vehículo de los llamados “kilómetro cero”, que directamente los vende el fabricante y que tú compras en el concesionario.
En estos casos los jueces suelen determinar que hay derecho a reclamar la indemnización.
¿Puedo reclamar si ya he vendido el coche que compré?
Otra duda muy habitual es la posibilidad de reclamar si ya no tienes el vehículo que compraste porque lo has vendido.
En principio es posible hacer la reclamación sin problema, porque en su día compraste el coche y fuiste su propietario, por tanto, estás afectado en el momento de la compra, aunque luego hayas vendido el vehículo.
Aquí la clave es acreditar la compra que hiciste y el importe que pagaste.
En estos casos puedes pedir también un informe a la Dirección General de Tráfico que te sirva para demostrar que fuiste titular de ese coche desde que lo compraste hasta que lo vendiste.
¿Qué plazos hay para reclamar por el cártel de coches la indemnización?
En un principio se consideró el plazo de un año para reclamar, a contar a partir de cada una de las sentencias emitidas por el Tribunal Supremo para cada una de las marcas implicadas.
Este plazo cambió a partir de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitida en junio de 2022, que estableció un plazo de prescripción de 5 años.
Por tanto, las reclamaciones deben tramitarse antes de 2026.
No obstante, sabemos que en la actualidad nuestros Tribunales están recibiendo multitud de reclamaciones, lo que puede provocar un importante colapso en su tramitación.
Por eso es recomendable que, si eres parte afectada por el cártel de coches, no esperes para asesorarte y hacer tu reclamación lo antes posible.
Reclamar por el cártel de coches: proceso e indemnización
Para el procedimiento de reclamación necesitas un abogado para preparar la demanda explicando tu derecho a que te paguen la indemnización que corresponda.
La demanda se presenta en los Juzgados de lo Mercantil, acompañada de todos los documentos que hemos comentado.
Además, debe acompañarse de un informe pericial económico emitido por un perito que va analizar el caso y los documentos que prueban tu derecho a reclamar.
En su informe el perito determinará si en unas circunstancias de mercado normales habrías pagado un precio menor por el vehículo adquirido.
De esta manera podrá cuantificar la cuantía del perjuicio sufrido.
¿En qué va a consistir la indemnización?
Como parte afectada por el cártel de coches reclamas una compensación económica por los perjuicios derivados de la alteración del mercado por parte del cártel de coches.
Básicamente hay que determinar ese precio de más o sobrecoste que pagaste en su momento como consumidor a consecuencia de las prácticas abusivas del cártel.
Por eso no todas las indemnizaciones van a ser iguales ni hay una cantidad fija a percibir por cada perjudicado, hay que estar a lo determine el estudio económico que se haga del coche y lo que determine el perito.
De momento la media estimada de indemnización puede estar en torno al 10 o 15% del importe pagado por el vehículo, pero insistimos que cada caso es diferente.
No es igual adquirir un modelo que otro o el tipo de vehículo adquirido, todo ello influye en la cuantía de la indemnización que te pueda corresponder.
Resumiendo:
✔ Si compraste un coche entre febrero de 2006 y agosto de 2013 es muy posible que tengas derecho a reclamar una indemnización.
✔ Tienes hasta 2026 para reclamar, pero conviene que lo hagas cuanto antes por la cantidad de reclamaciones que van a recibir nuestros Tribunales.
✔ No hay una cuantía fija de indemnización, pero de media está rondando el 10-15% del valor pagado por el coche, y depende de cada caso en particular.
Si eres parte afectada y quieres saber si puedes reclamar por el cártel de coches tu indemnización, en BASA Abogados podemos ayudarte.
Puedes contarnos tu caso, la consulta no tiene coste y resolveremos todas tus dudas sin compromiso.



